El derecho a la desconexión digital y el descanso
El diputado José Braña Mójica argumenta que en México no existe ningún ordenamiento jurídico para prevenir, medir y erradicar la pobreza de tiempo. Por ello, propone crear un nuevo ordenamiento jurídico y modificar cuatro leyes más.
En la iniciativa plantea que le corresponde al gobierno federal formular y conducir la política nacional para prevenir la pobreza de tiempo, por lo que deberá diseñar el Índice Nacional de pobreza de Tiempo (INPT), así como emitir normas oficial de inspección laboral en materia de desconexión digital.
Especifica que el INPT será levantado y publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) cada dos años. Además, la Secretaría de Bienestar formulará la Estrategia Nacional contra la Pobreza del Tiempo.
También se prohíbe que los empleadores de los sectores público y privado requerir la atención de llamadas, correos electrónicos, mensajes o tareas operativas fuera de horarios formalmente establecidos. Ello para salvaguardar el derecho humano y laboral a la desconexión digital. En caso de no cumplirse con lo anterior, habrá sanciones administrativas.
Se propone reforma la Ley Federal del Trabajo para garantizar el respeto al derecho a la desconexión digital de los trabajadores al terminar su jornada laboral, por lo que los patrones deberán sancionar administrativamente dentro de la empresa cualquier conducta de hostigamiento digital o invasión del tiempo en horarios de descanso del trabajador.