En la exposición de motivos de la propuesta de reforma se menciona que el registro electrónico es necesario para contar con evidencia del cumplimiento de la reducción del tiempo de la jornada laboral.
"Para lo cual es pertinente establecer la obligación patronal de conservar información y proporcionarla a la autoridad; sin embargo, considerando las diferencias y capacidades de los distintos sectores, se estima necesario precisar el alcance y excepciones a esta obligación", se menciona en el documento avalado.
En esta reforma se menciona que, si no se cumple con este registro, habrá una multa de 250 a 5,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA) al empleador, que actualmente equivale de 29,327 a 586,550 pesos.
Además, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) expedirá las disposiciones para la aplicación y excepción de este registro electrónico.
En el dictamen avalado se menciona lo establecido en la Constitución que, de cada seis días de trabajo, se deberá otorgar por lo menos un día de descanso con goce de salario íntegro, y las personas que laboren en domingo tendrán derecho a una prima adicional de un 25%, por lo menos sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.
También se establece que la jornada laboral podrá prolongarse en horario extraordinario. En estos casos, se pagarán al doble las primeras 12 horas extras.
A esto se agrega que la jornada de trabajo podrá ser distribuida de común acuerdo por los trabajadores y empleadores y se enfatiza que en ningún caso la reducción de la jornada laboral implicará la disminución de sueldos, salarios o prestaciones de los trabajadores.
En la discusión los partidos de oposición expresaron su respaldo a esta reforma, pero enfatizaron que insistirán en que se establezca dos días de descanso por cada cinco de trabajo a la semana.