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Ortotanasia: el derecho a una muerte digna se abre paso en el Congreso

Olga Sánchez Córdero presentó una iniciativa de reforma con la que busca establecer la ortotanasia, entendida como un tratamiento integral, consiente, intencional y voluntario de un enfermo terminal.
mié 24 septiembre 2025 06:00 PM
ortoranasia reforma
La definición de “ortotanasia” en el Diccionario de la lengua española es: Muerte natural de un enfermo desahuciado sin someterlo a una prolongación médicamente inútil de su agonía.

La diputada federal y ministra en retiro Olga Sánchez Cordero presentó una iniciativa de reforma que busca garantizar el derecho a la ortotanasia para los enfermos en situación terminal.

Con ello, el debate sobre el derecho a una vida y a una muerte dignas se abre paso en el Congreso de la Unión.

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¿Qué propone la iniciativa?

La propuesta de la legisladora morenista plantea reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal en materia de ortotanasia, también conocida como “muerte en condiciones dignas”.

En concreto, se busca reformar los artículos 3º, 166 Bis, 166 Bis 1 y 166 Bis 3 de la Ley General de Salud, así como el artículo 312 del Código Penal Federal. Entre los principales puntos destacan:

1. Reconocer como materia de salubridad general el tratamiento integral, consciente, intencional y voluntario de un enfermo en situación terminal para disminuir su sufrimiento y dolor.

2. Definir la ortotanasia como los cuidados y tratamientos orientados a mantener o incrementar la calidad de vida en las dimensiones biológica, psicológica y social. Esto incluye medidas mínimas ordinarias y el tratamiento integral del dolor con apoyo interdisciplinario, sin alterar el curso de la enfermedad ni el proceso natural de la muerte.

3. Garantizar derechos a los pacientes en situación terminal, entre ellos:

- Tomar de manera libre e informada, con la asistencia de su médico tratante y, en su caso, de familiares o personas de confianza, las decisiones sobre su tratamiento, ingreso o permanencia en instituciones de salud y uso de cuidados.

- Recibir un tratamiento integral, consciente y voluntario para reducir el dolor y sufrimiento.

4. Establecer que no existirá responsabilidad penal para el personal de salud que participe, directa o indirectamente, en procedimientos de ortotanasia conforme a la ley.

La iniciativa fue turnada a comisiones unidas para su análisis y dictaminación.

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Durante su intervención en tribuna, Sánchez Cordero subrayó que la ortotanasia debe ser reconocida como un derecho fundamental que garantice a las personas decidir sobre el final de su vida sin ser sometidas a tratamientos que prolonguen innecesariamente su sufrimiento.

“La ortotanasia representa un justo medio que nos acerca a un espacio de confluencia entre el derecho a una muerte digna y un proceso de separación de nuestros afectos menos violento”, afirmó.

La legisladora también recordó que actualmente la figura de la voluntad anticipada solo está contemplada en la legislación de 19 estados del país, lo que deja en desventaja a miles de personas en las entidades restantes, quienes quedan expuestas al ensañamiento terapéutico y a decisiones médicas contrarias a su voluntad.

Finalmente, explicó que su propuesta plantea reformar el artículo 312 del Código Penal Federal para excluir de responsabilidad a quienes participen en la ortotanasia y modificar la Ley General de Salud para incorporar de manera explícita este concepto.

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