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El ABC de la reforma de Sheinbaum para combatir desapariciones

La reforma de la mandataria es clave en un país en el que hay más de 100 mil carpetas abiertas por casos de desapariciones.
jue 03 abril 2025 03:53 PM
Velada desaparecidos Fresnillo
Miles de familias buscan a sus seres queridos en el México de los desaparecidos.

Ante la crisis de inseguridad y desapariciones que existe en México, la presidenta Claudia Sheinbaum envió una iniciativa al Senado para “fortalecer la búsqueda''.

En esta propuesta se incluye utilizar la Clave Única de Registro de Población (CURP) para rastrear a las personas desaparecidas; además de incluirle a este documentos lo datos biométricos de los mexicanos.

También se crea la Ficha de Búsqueda, donde estarán los datos de los desaparecidos, y la Plataforma Única de Identidad, la cual, asegura la mandataria, será una herramienta que facilite la búsqueda y localización de personas desaparecidas, ya que se conectará con diversas base de datos.

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¿Qué se reforma?

Las reformas son a la Ley General en Materia y del Sistema Nacional de Búsquedas de Personas y de la Ley General de Población, en materia de fortalecimiento de búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas.

La propuesta señala que la construcción de la paz y la lucha contra la impunidad es el eje prioritario para esta Administración, por lo que asegura que estas reformas tienen como fin que el Gobierno Federal ponga “toda su capacidad” potenciar el fortalecimiento de la búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas y de las instituciones encargadas de ello.

“Estos permitirá realizar búsquedas continuar y exhaustivas, optimizando los recursos disponibles en la búsqueda de personas, mediante la CURP”, señala.

Desaparecidos

De acuerdo con el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, de las 10,328 desapariciones que se han dado entre el 1 de octubre de 2024 al 11 de febrero de 2025, se sigue sin saber el paradero de 5,224 personas (50.58 %), mientras que 5,104 (49.4%) ya fueron localizadas, aunque 5% sin vida.

Tras lo anterior, la propuesta de la presidenta menciona que uno de los principales obstáculos para la localización de las personas desaparecidas ha sido la falta de identificación por desconocimiento de los cuerpos que se encuentran bajo el resguardo de instituciones públicas o privadas.

Por ello, en la iniciativa se obliga a las instituciones que tengan cuerpos o restos humanos, a llevar y mantener actualizados registros sistematizados con la información forense que se tenga, los cuales deberán de fácil interconexión para las autoridades encargadas de la investigaciones de desaparecidos, además remitir esos datos al Banco Nacional de Datos Forenses.

Además, las instituciones públicas o privadas que generen o tengan acceso a imágenes y mediciones generadas por satélites, aeronaves no tripuladas o mediante otras tecnologías, deberán permitir su consulta.

La propuesta plantea la implementación de la Ficha de Búsqueda que deberá generarse en formato físico y digital y contendrá los datos esenciales de las personas que se reporte como desaparecidas o no localizadas.

En esta deberá tener la siguiente información:

  • Nombre completo
  • Edad
  • Sexo
  • Género de la personas desaparecida
  • Fotografía reciente
  • Fecha del lugar de desaparición
  • Señas particulares
  • Rasgos físicos distintos
  • Datos de contacto para aportar información
  • Folio único de identificación

La Ficha de Búsqueda se notificará al Registro Nacional de Población (RENAPO) con la finalidad de que se active en la Plataforma Única de Identidad los acertamientos de usos de la CURP de las personas desaparecida o la búsqueda de coincidencias con sus datos identificativos.

Además, la propuesta plantea otorgar beneficios (como reducción de penas) a quienes desistan del delito relacionado con la desaparición de una persona, presenten información para localizarla con vida o para encontrar el cadáver, así como que cooperen con el esclarecimiento de los hechos.

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Plataforma Única de Identidad

Esta reforma crea la Plataforma Única de Identidad, la cual será la fuente primera de consulta permanente y en tiempo real. Esta se interconectará con bases de datos o sistemas de información que permitan realizar búsqueda continua entre diversos registros, como:

  • Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas
  • Base Nacional de Carpetas de Investigación
  • Banco Nacional de Datos Forenses
  • Registros Administrativos
  • Cualquier registro, base o sistema de información de particulares que presten servicios financieros, transporte, salud, educación.

Se menciona que ante la desaparición de una persona, los datos de búsqueda se registrarán en esta Plataforma, por lo que esta permitirá:

  • Monitorear la CURP de una persona desaparecida
  • General avisos en tiempo real a las autoridades competentes, cuando exista un uso de la CURP
  • Realizar búsqueda continuar entre registros y general avisos cuando exista posibles coincidencias e indicios que lleven a la búsqueda, localización o identificación de una personas desaparecida

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Sistema Nacional de Búsqueda

También se propone que el Sistema Nacional de Búsqueda, esté integrado por el Registro Nacional de Población, la Guardia Nacional y la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, así como el representante que designe la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia.

Y crea la Base Nacional de Carpetas de Investigación de Personas Desparecidas y No Localizada, la cual contendrá los datos de las carpetas de investigación iniciadas por los delitos de desaparición forzadas de personas y la cometida por particulares. Esta será operada por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

“Uno de los objetivos principales es la celeridad del proceso de búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas, es por eso que se establece que la autoridad competente que reciba una noticia, reporte o denuncia, deberá registrar sin dilación alguna en el Registro Nacional y en la Base Nacional de Carpetas de Investigación”, se menciona.

También se establece que para evitar la duplicidad de los registros e investigación, los titulares de las agencias del ministerio Público, al iniciar una investigación, deberá antes consultar la Base Nacional de Carpetas de Investigación para averiguar si existe otras indagaciones abiertas en la Fiscalía General de la República, fiscalías locales u fiscalías especializadas.

CURP con datos biométricos

La propuesta también modifica la Ley General de Población con el fin de establecer que la CURP será la única fuente de identidad de los mexicanos y de extranjeros que estén en condición de estancia regular en el país.

Este documento no sólo tendrá con nombre, apellido, fecha de nacimiento, género, lugar de nacimiento y nacionalidad, sino tendrá las huellas dactilares y fotografía, y estará en formato físico y digital, por lo que la CURP se pone como elemento base de identificación de personas.

“Se plantea que sea empleada (la CURP) en los procesos de validación y autenticación de la identidad de las personas en medio digitales y todo ente público o particular estará obligado a solicitarla para la prestación de sus trámites y servicios”, se enfatiza en la propuesta de la presidenta Claudia Sheinbaum.

Será la Secretaría de Gobernación quien integrará los datos biométricos de las personas a la CURP; también establecerá el Programa de Integración al RENAPO de los datos biométricos de los niños y adolescentes.

Además, propone que la RENAPO contará con una Plataforma Única de Identidad para la consulta, validación y gestión de la CURP que permita la integración de los datos para establecer el Servicio Nacional de Identificación personal.

¿Cuándo se discute?

La reforma se encuentra en el Senado, por lo que se espera que el martes próximo sea discutida en comisiones unidas de Gobernación y Estudios Legislativos, y el miércoles, en el Pleno.

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