Durante la discusión, los bancadas de oposición destacaron el riesgo que implica la reforma, como violaciones a los derechos humanos de las personas encarceladas.
El panista Marko Cortés señaló que 70% de los mexicanos que entran a la cárcel bajo esta figura resultaron no ser culpables:
“El Estado destrozó sus vidas y las de sus familias (…) Si realmente lo que aquí quisieran es combatir al crimen organizado, (…) tendríamos que ir a una estrecha colaboración internacional para combatir a los criminales, pero ahí es donde ya no quieren y por eso se niegan una y otra vez se han negado a tipificar el narcoterrorismo”, agregó.
La morenista Andrea Chávez aseveró que esta reforma es para garantizar que los delitos que generan “enormes réditos económicos” para los delincuentes sean castigados y se evite el riesgo de fuga que estos recursos facilitan.
“La figura de la prisión preventiva oficiosa responde a una política de combate al crimen que protege a las víctimas, garantiza el esclarecimiento de los hechos y asegura que los responsables no queden impunes”, declaró.
Según el Censo Nacional de Sistemas Penitenciarios Federal y Estatal (CNSIPEEF) 2023, realizado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), cuatro de cada 10 personas privadas de la libertad en centros penitenciarios en México lo están sin una sentencia de por medio.
Del total de la población privada de la libertad sin sentencia en 2023, 44.3% (38,533 personas) estaba en prisión preventiva oficiosa; el 32.5% (28,269 personas) en prisión preventiva justificada (alto riesgo de que se escape); el 3.5% en otro supuesto jurídico y para 19.7% restante no se identificó el tipo de estatus jurídico.
¿Qué dice la reforma?
La modificación señala que el juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente en los casos de abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, extorsión, delitos previstos en las leyes aplicables cometidos para la ilegal introducción y desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores químicos y sustancias químicas esenciales, drogas sintéticas, fentanilo y derivados.
Menciona que amerita prisión preventiva oficiosa los delitos graves que determine la ley en contra de la salud, del libre desarrollo de la personalidad, contrabando y cualquier actividad relacionada con falsos comprobantes fiscales.
Y enfatiza que, para la interpretación y aplicación de las normas previstas en este párrafo, los órganos del Estado deberán atenerse a su literalidad, quedando prohibida cualquier interpretación análoga o extensiva que pretenda inaplicar, suspender, modificar o hacer nugatorios sus términos o su vigencia, ya sea de manera total o parcial.
Los artículos transitorios señalan que las legislativas de los estados tendrán 65 días para adecuar las normativas necesarias para cumplir con estas reformas; mientras el Congreso de la Unión contará hasta con 180 días para armonizar el marco jurídico en torno a estos cambios constitucionales.
Esta es una de las 20 reformas que propuso en febrero de este año el entonces presidente Andrés Manuel López Obrador; sin embargo, la propuesta original fue modificada en las comisiones de la Cámara de Diputados.