La iniciativa para reformar el carácter de la Guardia Nacional (GN) fue una de las 20 enviadas por el presidente Andrés Manuel López el pasado cinco de febrero. Dentro del paquete hay cambios al artículo 2 de la Constitución en materia de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.
Si bien esa segunda propuesta de reforma será aprobada por unanimidad, no será así en el caso de la Guardia Nacional, en la que se prevé un nuevo choque entre Morena y opositores.
La iniciativa sobre Guardia Nacional fue dictaminada el 22 de agosto –en la pasada legislatura– pasado en la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados.
Fue aprobada en lo general con 22 votos a favor de Morena, Partido del Trabajo (PT) y Partido Verde (PVEM), pero los cambios recibieron 18 votos en contra de la oposición conformada por Acción Nacional (PAN), el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento Ciudadano (MC).
Morena y sus aliados argumentaron que se trata de cambios que retoman las experiencias de la Ciudad de México para que la Guardia Nacional (GN) también pueda investigar delitos y se coordine con el Ministerio Público.
La oposición, en cambio, alertó el “perfeccionamiento” de la militarización, pues la Guardia Nacional –apuntó– ya no será por mandato de la Constitución civil y ya no habrá plazo de retorno del Ejército a los cuarteles en 2028.
La reforma dará al Ejecutivo la facultad de ordenar su uso en tareas públicas y adscribirá a la Guardia en la esfera de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), contrario al régimen transitorio vigente, que indica que las labores de ese cuerpo en tareas de seguridad deberían ser “excepcionales, subordinadas, complementarias, reguladas y fiscalizadas”.
La iniciativa propone –y así se aprobó el dictamen- adicionar una fracción VII al artículo 89 de la Constitución para dar a la persona titular del Ejecutivo Federal una nueva facultad: “Disponer del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea en tareas de apoyo a la seguridad pública, en los términos que señale la ley”.
En el artículo 21 propone eliminar el carácter civil de la Guardia Nacional y además se le adscribe a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y ya no a la autoridad civil de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
La redacción vigente establece: “La Federación contará con una institución policial de carácter civil denominada Guardia Nacional”.
Ahora el dictamen indica: “La Federación cuenta con la Guardia Nacional, fuerza de seguridad pública, profesional, de carácter permanente e integrada por personal de origen militar con formación policial, dependiente de la secretaría del ramo de defensa nacional, para ejecutar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública en el ámbito de su competencia”.