¿Qué es la solicitud de declaratoria de procedencia?
Esta solicitud es para remover la inmunidad procesal (fuero) de los servidores públicos para ponerlos a disposición de una autoridad judicial a fin de que ésta los juzgue por posibles delitos cometidos durante el desempeño de su encargo, a petición de los ciudadanos, los particulares con derecho o el Ministerio Público.
Es facultad de la Cámara de Diputados, como órgano acusador, emitir la declaración de procedencia, pero no juzgar, es decir sólo elimina el fuero constitucional para que posteriormente el servidor público pueda ser juzgado. Esta declaratoria solo puede darse durante el cargo del servidor público, pues si concluye su periodo laboral, ya no procede. Cabeza de Vaca concluye su periodo en 2022.
¿Qué sigue en el proceso?
De acuerdo con la Ley La Ley Federal de Responsabilidades los Servidores Públicos, cuando se presenta una denuncia o querella por particulares o el requerimiento del Ministerio Público, se actúa con el procedimiento en materia de juicio político ante la Cámara de Diputados.
Para tales efectos la Comisión Jurisdiccional, a través de la Sección Instructora, deberá rendir su dictamen en un plazo máximo de 70 días hábiles –que concluirían a principios de junio, cuando se celebre la jornada electoral– salvo que fuese necesario disponer de más tiempo, pues a criterio de la Sección puede ampliarse el tiempo si se requiere.
La Sección Instructora realizará las diligencias para establecer la existencia del delito y la probable responsabilidad del imputado, así como la subsistencia del fuero. Una vez concluida, se dictamina si hay lugar a proceder penalmente en contra del inculpado. Si resulta improcedente, se informa a la Cámara para que resuelva si se continúa o desecha, en tanto que si determina que se puede proceder, el inculpado queda inmediatamente separado de su empleo, cargo o comisión y sujeto a la jurisdicción de los tribunales competentes.