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El Congreso prohíbe castigo corporal y trato humillante contra menores de edad

Ambas cámaras concretaron reformas que establecen que los padres o tutores deberán excluir cualquiera de estas prácticas en su educación, orientación, cuidado o crianza de menores.
vie 11 diciembre 2020 01:35 PM
niños niñas adolescentes
En México, se estima que seis de cada 10 menores de entre uno y 14 años han sufrido algún tipo de "disciplina violenta" en sus hogares.

No más chanclazos, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de las orejas, quemaduras o cualquier otro acto que tenga como objeto causar dolor o malestar a niñas, niños y adolescentes en el país.

Esto establece la reforma que el Congreso avaló este jueves para prohibir el castigo corporal y humillante como forma de corrección o disciplina para menores de edad.

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El dictamen —que primero fue aprobado por el Senado, el 24 de septiembre, y luego por la Cámara de Diputados, este 10 de diciembre— reforma la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y el Código Civil Federal.

A partir de esta modificación, que será enviada al Ejecutivo federal para que la promulgue, queda prohibido que padres o cualquier familiar que ejerza patria potestad, tutela, guarda, custodia o crianza de menores utilice el castigo corporal o humillante como forma de "corrección" o "disciplina".

Además, apunta que todos los menores tendrán derecho a recibir "orientación, educación, cuidado y crianza" de padres o tutores, así como de los encargados y del personal de instituciones educativas, deportivas, religiosas, de salud, de asistencia social, sin ser víctimas de castigo corporal o castigo humillante.

Según se define en el dictamen, el castigo corporal o físico es aquel acto cometido en el que se use la fuerza física, incluyendo golpes con la mano o algún objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de las orejas.

Los menores tampoco deberán ser obligados a sostener posturas incómodas ni deberán sufrir quemaduras, ingerir alimentos hirviendo u otros productos que les causen malestar.

Mientras tanto, el castigo humillante se define como cualquier trato ofensivo, denigrante, desvalorizador, estigmatizante, ridiculizador o de menosprecio que tenga como objetivo provocar dolor, amenaza, molestia o humillación.

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Así, la violencia familiar será considerada como el uso intencional de la fuerza física, moral o de cualquier acto que tenga como objetivo provocar dolor, molestia o humillación, incluyendo el castigo corporal y humillante contra menores.

También serán consideradas como violencia familiar las omisiones graves que ejerza un miembro de la familia en contra de otro integrante de la misma, que atenten contra su integridad física, psíquica y emocional independientemente de que puedan producir o no lesiones, siempre y cuando agresor y agredido habiten en el mismo domicilio y exista una relación de parentesco, matrimonio o concubinato.

Al fundamentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia de la Cámara, Rosalba Valencia Cruz (Morena), resaltó que, según la Encuesta Nacional de Niñas y Niños y Mujeres, 63% de los menores de 14 años ha sido sujeto de agresión psicológica y/o castigo corporal en su hogar.

Con esta reforma se busca obligar a los tres órdenes de gobierno a que tomen las medidas necesarias para erradicar estas prácticas y sancionar a quienes las cometan.

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El 22 de octubre, la Oficina de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos en México emitió un comunicado en el que resaltó que los actos violentos contra menores suponen una violación de derechos humanos que sigue aceptándose y ejerciéndose en México.

Ante esto, señaló que las probabilidades de alcanzar un desarrollo adecuado durante la niñez son 2.4 veces menores en niños y adolescentes que padecieron castigos corporales rigurosos, y si sufrieron algún tipo de "disciplina violenta" la posibilidad de que un menor sea agresivo aumenta 1.6 veces.

Por ello, se recomendó al Estado mexicano prohibir los castigos corporales y humillantes "en todos los entornos, en el nivel federal como estatal, y derogar de los códigos civiles federales y estatales el 'derecho a corregir'".

Ricardo Bucio Mújica, secretario ejecutivo del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes de México, celebró la aprobación de este dictamen y recalcó que no es que se prohíba el derecho a la educación de los menores de edad, sino el maltrato, la violencia y amenazas.

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