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Los diputados avalan aumento de cárcel por feminicidio y abuso sexual

Actualmente las penas mínima y máxima por el delito de feminicidio son 40 y 60 años, respectivamente, si se avala la reforma pasarían a 45 y 65 años.
mar 18 febrero 2020 06:54 PM
(Obligatorio)
Los feminicidios y casos de otro tipo de violencia de género han derivado en protestas masivas desde 2019 en la Ciudad de México.

En medio de la indignación por casos de feminicidios en la Ciudad de México, la Cámara de Diputados aprobó hoy modificaciones al Código Penal Federal para endurecer las penas por feminicidio, abuso sexual, “entorpecimiento” de la procuración de justicia, así como para tipificar el acoso sexual.

Por 415 votos a favor, uno en contra y cero abstenciones, se cambiaron los artículos 25, 261 y 325.

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“Ya basta de tener tantas Ingrids, tantas Fátimas, el rechazo a este tipo de eventos por supuesto que es legítimo, ya basta”, dijo el diputado Iván Pérez Negrón, del PES, al presentar el dictamen.

El proyecto modificó el artículo 325 para señalar que la pena mínima de privación de la libertad por el delito de feminicidio será de 45 años, en lugar de 40 como hoy está estipulado. Mientras que la máxima será de 65 años y no los 60 que se aplican hoy en día.

Los días de multa por este ilícito también se incrementan: se impondrán de 1,000 a 1,500 días, en la actualidad se imponen de 500 a 1,000 días de multa.

Mientras que “al servidor público que retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia se le impondrá pena de prisión de seis a 10 años, además será inhabilitado de tres a 10 años para desempeñar otro cargo público. Actualmente se le castiga con cárcel de tres a ocho años y la inhabilitación es por el mismo periodo.

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Además, las modificaciones al Artículo 261 del Código Penal Federal se contempla que quien cometa abuso sexual contra un menor de 15 años de edad o de una persona que no tenga la capacidad de comprender el significado se le impondrá una pena de 10 y 18 años de prisión. Actualmente, la pena es de entre seis y 13 años.

Con los cambios al artículo 25, queda consignado que la pena máxima de prisión por un delito grave aumenta a 65 años de los 60 como actualmente está estipulado.

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Aprueban también tipificación contra el acoso

Los diputados también aprobaron un dictamen que reforma el Código Penal Federal para tipificar como delito el acoso sexual, con sanción de hasta 800 días de multa.

La reforma precisa la definición del delito de hostigamiento sexual, y estipular que ambos ilícitos prescribirán en tres años.

“Comete el delito de acoso sexual aquella persona que en el ámbito laboral, escolar o cualquier otro, en el que no medie una relación de subordinación, realice uno o más actos de naturaleza sexual o connotación lasciva a otra persona sin su consentimiento”, queda estipulado en el Artículo 259 al Código Penal Federal.

Actualmente, en este ordenamiento jurídico sólo está tipificado el hostigamiento sexual, el abuso sexual, el estupro y la violación.

El pleno aprobó por unanimidad la reforma, en lo general y en lo particular, con 432 votos.

Ambos dictámenes fueron turnados al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación.

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