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¿Tienes bici o moto eléctrica sin placas? Analizan dar más tiempo antes de multar en CDMX

Los propietarios de vehículos eléctricos deben tener placas y licencia a más tardar el 20 de noviembre para no ser multados. La Semovi busca dar más tiempo a los usuarios para registrarse.
Una mujer joven viaja en una moto eléctrica en la Ciudad de México.
La Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México propone dar más tiempo a las y los usuarios de vehículos eléctricos para registrarse y tramitar sus placas y licencia. (Galo Cañas Rodríguez / Cuartoscuro)

El próximo 20 de noviembre inicia la aplicación de multas en contra de los propietarios de scooters, bicicletas y motocicletas eléctricas que no cuenten con placas en la Ciudad de México.

Sin embargo, el secretario de Movilidad, Héctor Ulises García Nieto, propone extender el plazo para dar más tiempo a las personas.“Si la gente está participando de manera activa, habría que dejar otro tiempo para que se sigan registrando más”, dijo.

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Hasta octubre, ya se habían registrado 6,000 Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (Vemepe) ante la Secretaría de Movilidad, informó.

“Habría que aplaudir el esfuerzo de muchos propietarios de Vemepes que han acudido a registrarse y quizá habría que valorar la posibilidad de extender el plazo porque está siendo bien recibida esta medida”, aseguró García Nieto al comparecer ante el Congreso capitalino como parte del Segundo Informe de Gobierno.

Explicó que, aunque el trámite de placas para vehículos eléctricos seguirá abierto, el límite del 20 de noviembre corresponde a la fecha en la cual personal de Tránsito de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) comenzaría a aplicar las sanciones a las y los conductores que no cumplan con la regulación.

Sin embargo, el secretario de Movilidad aclaró que aún se valora cuánto tiempo más se puede dar a las y los usuarios.


¿Cuáles son los vehículos eléctricos que necesitan placas?

Los Vehículos Motorizados Eléctricos Personales son scooters, motocicletas o bicicletas eléctricas que son considerados como vehículos motorizados en el Reglamento de Tránsito y cumplen con alguna de estas características:

- Cuentan con una velocidad máxima superior a 25 kilómetros por hora.

- Tienen un motor eléctrico con potencia de 250 watts a 1 kilowatts.

Sus conductores deben cumplir con los siguientes requisitos:

- Placas de matrícula.

- Licencia de conducir tipo A1 o A2.

- Tarjeta de circulación.

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