Las alcaldías Iztapalapa, Cuauhtémoc y Gustavo A. Madero concentran el 35% de los casos de despojo de inmuebles denunciados en la Ciudad de México, de enero de 2024 a septiembre de 2025.
El delito de despojo se sancionará con una pena de seis a 11 años de prisión así como una sanción económica de 200 a 1,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA) que este 2025 equivale a entre 22,628 y 113,140 pesos, de acuerdo con la reforma aprobada al Código Penal capitalino.
“Al que de propia autoridad, por medio de violencia física o moral, el engaño, la simulación de actos jurídicos, la suplantación de la identidad o furtivamente ocupe un inmueble ajeno, haga uso de él o de un derecho real que no le pertenezca o bien, impida el disfrute material de un bien inmueble ajeno”, así se define el delito de despojo en la reforma al Artículo 237.
La pena se agravará de siete a 11 años de prisión adicionales y de 1,000 a 4,000 veces la UMA (de 113,140 a 452,560 pesos para este 2025), alcanzando hasta 22 años de prisión y más de medio millón de pesos de sanción económica, en los siguientes casos:
- La víctima del despojo es una persona mayor de 60 años, con discapacidad, menor de edad, mujer embarazada o indígena.
- Cuando participe un servidor público o titular de una notaría en ejercicio de sus funciones.
- Cuando se suplante la identidad del legítimo propietario o poseedor del bien inmueble.
- Si quien comete el delito simula tener un cargo público o pertenecer a alguna institución pública.
- Si entre víctima y victimario hay un vínculo de parentesco o afinidad hasta en cuarto grado.
- Si se comete el delito en grupo de tres o más personas.