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La CDMX busca que licencias de paternidad se conviertan en ley nacional

La iniciativa busca que un padre de familia tenga licencia por 45 días para coadyuvar en el cuidado de un recién nacido o en la adopción de un menor.
jue 07 diciembre 2023 01:35 PM
licencia-paternidad
La propuesta plantea reformar el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

El pleno del Congreso de la Ciudad de México aprobó una propuesta de iniciativa de ley para reformar el artículo 123 constitucional en materia de licencia de paternidad, por un periodo de hasta 45 días, para coadyuvar con la pareja en el cuidado de un recién nacido o con la adopción de un menor.

La propuesta de iniciativa, suscrita por diputados de Morena y el Partido Acción Nacional, si bien fue aprobada en el legislativo local, al ser constitucional debe llevar un trámite ante el Congreso de la Unión para su análisis y dictamen, además de que se dará fecha de entrada en vigor, en caso de ser aprobada.

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¿En qué consiste la iniciativa?

El septiembre y noviembre de 2022, la diputada Martha Ávila de Morena y el panista Diego Garrido presentaron por separado una iniciativa en materia de licencias de paternidad, la cuales fueron enviadas a comisiones para su análisis y dictamen.

Tras las respectivas recomendaciones, el dictamen fue enviado al pleno y aprobado por mayoría de votos el pasado 5 de diciembre.

Ambas iniciativas plantean adiciones al apartado A, fracción cinco del artículo 123 constitucional, pero hacían variaciones en términos y redacción, pues la morenista planteaba un periodo de 45 días y el panista de siete semanas.

Las comisiones de puntos constitucionales, iniciativas ciudadanas e igualdad de género acordaron redactar la propuesta de iniciativa a fin de que se tome en consideración las dos propuestas.

“Los hombres trabajadores disfrutarán de una licencia de paternidad con goce de sueldo hasta por 45 días naturales que podrán ser utilizados, desde una semana antes de la fecha que se aproxime el nacimiento de su hija o hijo o en en el caso de adopción de un infante”, se lee en el documento.

La iniciativa también deja estipulado que los trabajadores que hagan uso de este beneficio que busca que sea constitucional, deben percibir su salario íntegro, sin ningún tipo de descuento y conservar su empleo en los términos establecidos en el contrato, es decir, que la licencia paternidad no sea un problema laboral.

La diputada Martha Ávila aseguró que la iniciativa busca generar condiciones de equidad en el cuidado de los menores y que no sea esta una responsabilidad exclusiva de las mujeres.

“Esta es una medida que en apariencia beneficia a los hombres, pero en realidad favorece un reparto más equitativo de las tareas de cuidado entre hombres y mujeres”, dijo la morenista en tribuna al argumentar el dictamen.

Diego Garrido, otro diputado promovente, reconoció el trabajo conjunto de todos los grupos parlamentarios sin distinción de ideologías partidistas, pues lo importante –señaló– era poner en la agenda pública nacional un tema importante como la licencia de paternidad.

“Si bien es una iniciativa que habrá de remitirse al congreso federal, es un esfuerzo importante para hacer notar la postura de la ciudad en estos temas”, apuntó

Actualmente, el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo establece que un hombre tiene únicamente cinco días de descanso con goce de sueldo posterior al nacimiento o adopción de un menor, por lo que la iniciativa propuesta al congreso federal busca que la licencia de paternidad quede establecida en la constitución federal.

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¿Qué sigue?

Una vez aprobada la propuesta de iniciativa en el Congreso de la Ciudad de México, esta no entra en vigor de inmediato, ya que primero debe ser enviada al Congreso Federal para que diputados y senadores envíen el documento a comisiones, hagan su análisis y después generen un dictamen para ponerse a consideración de los legisladores para su discusión.

En caso de que la propuesta de iniciativa del Congreso de la Ciudad de México sea aprobada por el Congreso de la Unión, esta es enviada al ejecutivo federal para su promulgación en el Diario Oficial de la Federación y que entré en vigor en el rango de fechas establecido.

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