¿Qué propone la iniciativa?
La diputada establece que se considera como una violación a la intimidad de niñas, niños y adolescentes “el ejercer sobre ellos cualquier mecanismo de carácter externo, terapéutico o similar que busque realizar una conversión de su identidad sexual”.
A quien incurra en alguno de estos supuestos, se considerará que incurre en violencia moral en contra de un menor y se le sancionará con una pena de dos a siete años de prisión, según lo propuesto para el Artículo 181 Bis del Código Penal capitalino.
Al presentar su iniciativa ante el pleno, América Rangel, afirmó la iniciativa busca impedir que se realicen intervenciones con tratamientos hormonales y cirugías en genitales a menores de edad, pues aún no tienen la conciencia para decidir.
“Los activistas de ideología de género lograron que la sociedad viera con normalidad que menores de edad se sometieran a tratamientos hormonales y cirugías para cambiar el sexo o reasignar el género, tratamientos hormonales que en la mayoría de los casos los hará dependientes a los fármacos por el resto de sus vidas; cirugías en las que mutilan los genitales o los senos a pesar de que están perfectamente sanos y esto les cambia su vida completamente.
“Está prohibido que un menor de edad altere su cuerpo con un tatuaje, pero permitimos que ese mismo menor altere su cuerpo mutilándose el pene, es una verdadera locura”, sostuvo ante el pleno el pasado 9 de febrero.
Acusó, además, a la Secretaría de Salud de la ciudad, la federal y al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de permitir y promover estas intervenciones en menores de edad.
¿Es cierto lo que sostiene la diputada?
En México, los tratamientos hormonales para personas transgénero –cuya identidad y expresión de género es diferente del sexo que les fue asignado que al nacer– pueden ser aplicados a solicitud de dicho individuo a partir de los 18 años, y desde los 16 años cuando exista consentimiento de sus padres.
En tanto, la persona puede acceder a un tratamiento quirúrgico a partir de los 18 años de edad. Ambos casos requieren de una evaluación previa y seguimiento posterior a la salud mental del individuo, señala la organización civil Centro de Atención Transgénero Integral (CATI).
Para los niños, niñas y adolescentes transgénero, se considera la posibilidad el uso de bloqueadores de pubertad que tienen como fin postergar el desarrollo de caracteres sexuales secundarios, pero no los cambian.