¿Cuál es la sanción por conducir después de beber alcohol?
Superar el máximo de alcohol en la sangre tiene sanciones establecidas en el Reglamento: en primer lugar, está el arresto inconmutable de 20 hasta 36 horas en el Centro de Sanciones Administrativas y de Integración Social (Torito), así como una penalización de seis puntos en la licencia del conductor.
Asimismo, el vehículo será remitido al corralón, por lo que el propietario deberá cubrir el costo del arrastre, así como el costo de almacenaje en el depósito, que se indican en el Código Fiscal de la CDMX. En el primer caso tiene un costo de 733.50 pesos hasta una capacidad de 3.5 toneladas, y en el segundo, de 76.70 pesos por cada día que permanezca resguardado el vehículo.
Hay que tomar en cuenta que para poder retirar el vehículo de un depósito la matrícula no debe tener multas adeudadas; en caso de tenerlas hay que realizar los pagos correspondientes antes de intentar recogerlo.
¿Cuál es el grado de alcohol permitido por el alcoholímetro?
El Reglamento de Tránsito vigente en la Ciudad de México, estipula en su artículo 50, que queda prohibido conducir vehículos motorizados cuando se tenga una cantidad de alcohol en la sangre superior a 0.8 gramos por litro o de alcohol en aire espirado superior a 0.4 miligramos por litro, así como bajo el influjo de narcóticos, estupefacientes o psicotrópicos al conducir.
Los conductores de vehículos destinados al servicio de transporte público de pasajeros, transporte escolar o de personal, vehículos de emergencia, de transporte de carga, no deben presentar ninguna cantidad de alcohol en la sangre o en aire espirado.
¿Puedo negarme a una revisión?
Sí, es posible negarse a la invitación de la autoridad a realizarse la prueba, pero tendrá como consecuencia la presentación ante el Juez Cívico.