Mujeres y colectivos se manifestaron días después en el centro de la Ciudad de México para protestar por la filtración de las imágenes a medios de comunicación cometida por policías que respondieron a la denuncia anónima del crimen cometido en un departamento de Gustavo A. Madero.
“Se ha criminalizado, filtrado información que ha puesto en riesgo y violentado su dignidad; esto no puede volver a ocurrir”, reconoció Ernestina Godoy, titular de la Fiscalía General de Justicia (FGJ) ese 8 de marzo, en el Día Internacional de la Mujer.
A un año del feminicidio, el pleno del Congreso capitalino aprobó la Ley Ingrid, una reforma al Código Penal local para sancionar con entre dos y seis años de prisión a los policías, peritos, agentes del Ministerio Público entre otros servidores públicos que filtren información sobre la víctima de un crimen.
También contempla una sanción de entre 44,810 a 89,620 pesos de acuerdo con la actual Unidad de Medida y Actualización, de acuerdo con el dictamen aprobado el pasado 23 de febrero, pendiente por publicarse en la Gaceta Oficial.
Se impondrán de dos a seis años de prisión, y una multa de quinientas a mil Unidades de Medida y Actualización a la persona servidora pública que, de forma indebida difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, videograbe, audiograbe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios, videos, información reservada, documentos del lugar de los hechos o del hallazgo, indicios, evidencias, objetos, instrumentos relacionados con el procedimiento penal o productos con uno o varios hechos, señalados por la Ley como delitos.
Artículo 293 Quáter del Código Penal de la CDMX