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La CDMX establece estas nuevas reglas para los mercados sobre ruedas

Los lineamientos publicados por la Sedeco y vigentes a partir de este jueves incluyen que quedará prohibida la venta de animales en estos espacios, así como de bebidas alcohólicas y celulares.
jue 06 agosto 2020 06:20 PM
Mercado sobre ruedas
Con el acuerdo emitido, los comerciantes de mercados sobre ruedas tienen 90 días para renovar su registro.

A partir de este jueves, los mercados sobre ruedas de la Ciudad de México deberán operar bajo nuevas reglas.

Los lineamientos fueron publicados el miércoles por la Secretaría de Desarrollo Económico de la capital (Sedeco) y establecen, entre otras medidas, que en estos espacios quedará estrictamente prohibida la venta de animales.

El acuerdo señala también que, a partir de este jueves, fabricantes, distribuidores, artesanos o comerciantes de los mercados sobre ruedas tendrán un plazo de 90 días naturales para actualizar su registro ante las autoridades. De lo contrario, perderán los derechos que esto les otorga.

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Horario

El acuerdo estable que el horario para la operación de los mercados sobre ruedas será:

  • Instalación de puestos: de 7:00 a 9:00 horas.
  • Venta al público: de 9:00 a 18:00 horas.
  • Retiro de puestos: de 18:00 a 19:00 horas.

También se especifica que la Dirección General de Abasto, Comercio y Distribución de la Sedeco podrá autorizar temporalmente la modificación de horarios en alguna ubicación particular, en coordinación con las alcaldías y en determinadas fechas festivas.

Mercancías prohibidas

En los mercados quedó prohibido realizar las siguientes actividades:

  • Tatuajes, perforaciones y/o micropigmentación, con el fin de evitar riesgos sanitarios.
  • Consumo o venta de bebidas alcohólicas, tanto en los mercados como en al menos 100 metros a la redonda.
  • Venta de cigarros sueltos, medicamentos, teléfonos celulares, pirotecnia y globos de cantoya, así como de réplicas de armas de fuego, armas blancas y uniformes oficiales de los cuerpos de Seguridad Pública y Defensa Nacional.
  • Venta o renta de pornografía de cualquier tipo.
  • Venta y explotación de animales.

En caso de venta de ropa usada de paca, se deberá contar con el documento de importación, el cual acreditará el cumplimiento de sanidad y su lícita adquisición.

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Reglas generales

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Otros lineamientos establecidos son:

  1. Queda prohibido ocupar algún espacio a toda persona que no cuente con el registro para operar como oferente en el sistema de mercados sobre ruedas.
  2. Los puestos no deberán presentar ningún amarre al mobiliario urbano, casa habitación y árboles.
  3. Todos los puestos también se agruparán por giros comerciales, aunque la Sedeco podrá aprobar modificaciones en caso de ser necesario.
  4. Los comerciantes que hayan obtenido su registro deberán iniciar operaciones dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha de emisión de la constancia de registro, y no podrán suspender actividades por más de ocho días naturales sin causa justificada, a juicio de la Sedeco.
  5. Todos los comerciantes están obligados a contribuir para los gastos de los servicios de recolección, recepción y disposición final de residuos, de limpieza y demás que demande el funcionamiento de los mercados.
  6. Las sanciones por incumplimiento contemplan la suspensión de dos a 90 días a los oferentes, la cancelación del registro y/o la destitución del representante.
  7. Los oferentes deben acudir continuamente a dar sus productos, servicios o mercancías en la ruta que les corresponda, de acuerdo con su registro.
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