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Congreso de la CDMX aprueba en comisiones ir contra "terapias de conversión"

Las Comisiones Unidas del Congreso local aprobaron el paquete de reformas al Código Penal para sancionar las terapias que pretenden cambiar la orientación sexual.
vie 10 julio 2020 05:47 PM
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El diputado local Temístocles Villanueva celebró la aprobación en comisiones para sancionar las terapias de conversión.

La iniciativa para sancionar las "terapias de conversión" sobre la orientación sexual, la identidad o la expresión de género avanzó este viernes en el Congreso de la Ciudad de México.

Con 21 votos a favor y dos abstenciones, el dictamen para reformar al Código Penal local con el objetivo de erradicar este tipo de terapias fue avalado por las Comisiones Unidas del Congreso. Ahora, la iniciativa pasará a discusión del pleno.

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"Es un gran día para la Ciudad, para el reconocimiento de los derechos y se reafirma su vocación de una Ciudad de libertades, incluyente y donde cabemos todas y todos", expresó el diputado Eduardo Santillán,de la Comisión de Administración.

La propuesta para erradicar las "terapias de conversión" fue presentada desde 2018 por el diputado local Temístocles Villanueva. Sin embargo, la discusión entre las comisiones de Administración y Procuración de Justicia, y de Igualdad de Género, inició en marzo pasado.

Al darse a conocer la aprobación de la iniciativa en las Comisiones Unidas, Villanueva enfatizó que es un gran día para el reconocimiento de los derechos de todas y todos.

El dictamen propone reformar tres artículos del Código Penal local, en los cuales quedarían establecidas penas de hasta cinco años de prisión a quien obligue o realice "terapias de conversión.

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Es decir, que en la ciudad quedarían prohibidos aquellos contratos, tratamientos, terapias, servicios, tareas o actividades que pretendan corregir la orientación sexual, la identidad o la expresión de género.

Si la iniciativa es aprobada, tal cual, por el pleno del Congreso capitalino, así quedarían establecidos los artículos:

  • Artículo 206 bis (propuesta): "Se entenderá también como tortura (...) a quien obligue o aplique sobre una persona métodos tendientes a anular el libre desarrollo de la personalidad, orientación sexual, identidad y expresión de género de la víctima o a disminuir su capacidad física o mental, aunque no cause dolor físico o angustia psicológica"."Queda prohibido cualquier contrato, tratamiento, terapia o servicio que cambie, reprima o elimine la personalidad y las manifestaciones de identidad de género y orientación sexual".
  • Artículo 181 (propuesta): "Se impondrán de dos a cinco años de prisión y 80 horas de trabajo comunitario a quien obligue, a través de violencia física, moral o psicoemocional a otra persona, a recibir tratamientos, terapias o servicios tendientes a anular el libre desarrollo de la personalidad sexual, que pretendan afectar, obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o modificar la orientación sexual, identidad o expresión de género"."Se impondrá la misma pena a quien imparta o realice los tratamientos, terapias o servicios mencionados".
  • Artículo 182 (propuesta): si quien incurre en estas prácticas es un familiar, "la reparación del daño comprenderá además el pago de alimentos para estos (las víctimas)".

La iniciativa surge porque, aunque desde 1990 la homosexualidad dejó de ser considerada como una enfermedad mental —por declaratoria de la Organización Mundial de la Salud (OMS)—, en la actualidad persisten estas terapias que prometen curar y también corregir la orientación sexual.

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