Las normas también establecían que el fiscal anticorrupción estaría en su cargo por siete años, con la posibilidad de ser reelegido por un periodo igual; esto daría un total de 14 años, lo que viola la Constitución de la Ciudad de México.
¿Cuáles fueron las conclusiones de la Corte?
En su análisis, la Corte concluyó que el Congreso de la CDMX no respetó los derechos de las minorías parlamentarias, porque no se convocó debidamente a la sesión en la que se votaron los dictámenes y se dispensó la distribución de estos documentos sin que hubiera justificación para ello.
A esto se suma que el decreto se publicó con un artículo sexto transitorio distinto al aprobado en el Legislativo.
“A juicio de la SCJN, estas deficiencias son de tal envergadura que llevan a la inconstitucionalidad total de las leyes impugnadas al no ser fruto de un genuino debate democrático al interior del seno legislativo”, señaló el máximo tribunal en un comunicado.
Ahora, en el próximo periodo ordinario de sesiones que inicia en febrero, en el Congreso capitalino —ahora con mayoría de Morena—, los diputados tendrán que elaborar y aprobar una nueva ley.
“Derivado del trabajo legislativo del Congreso de la ciudad, primera Legislatura, reformamos y adecuamos la ley. Sin embargo el vicio en el procedimiento fue de origen, por lo que prevaleció”, señaló tras la sentencia el diputado Carlos Castillo, presidente de la Comisión de Transparencia y Combate a la Corrupción.