Plan General de Desarrollo. Definirá para el largo plazo las políticas de la ciudad en la materia y a él deberán sujetarse todos los programas y proyectos públicos, además de la programación y ejecución del presupuesto. Tendrá una vigencia de 20 años.
Deberá ser elaborado por el instituto, que lo mandará a la Jefatura de Gobierno. Será esta la que defina cómo participarán los ciudadanos para dar su opinión a partir de foros y propuestas.
El plan deberá incluir criterios de ordenamiento territorial, bienestar social, economía distributiva, patrimonio de la ciudad, coordinación metropolitana, ciudad global, hacienda pública, derechos humanos y seguridad ciudadana.
Cuando se terminen de incorporar las propuestas ciudadanas, el plan será devuelto al instituto y después irá de regreso al gobierno, para finalmente ser sometido a votación del Congreso. Sheinbaum y los alcaldes capitalinos —con los instrumentos de planeación de sus respectivas demarcaciones— contarán con la ventaja de la afirmativa ficta, pues si en un plazo de seis meses no se discuten los documentos, estos se tendrán por aprobados.
Programa General de Ordenamiento Territorial. A través de él se regulará la ocupación y el uso del suelo de la ciudad. Contendrá las normas generales y los instrumentos del aprovechamiento del territorio. Establecerá los principios para el desarrollo sustentable en el suelo de conservación, así como el uso equitativo y eficiente del suelo urbano con una vigencia de 15 años.