“El juez del Registro Civil que autorice un matrimonio teniendo conocimiento de que uno o ambos contrayentes son menores de dieciocho años, de que hay impedimento legal, o de que éste se ha denunciado, será sancionado como lo disponga el Código Penal", señala la reforma.
“Además de la destitución o inhabilitación para el desempeño de juez del Registro Civil, así como las demás disposiciones aplicables, en términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México”, indica el dictamen aprobado en el pleno.
La propuesta fue presentada por la diputada del PT, Jannete Guerrero Maya y trabajada por las comisiones de Atención al Desarrollo a la Niñez y la de de Administración y Procuración de Justicia del Congreso local.
“Atenta contra su dignidad humana, pone en riesgo su bienestar y sano desarrollo y más grave aún, les predispone a vivir en entornos de violencia sin acceso a la salud ni la educación”, argumentó la legisladora.