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Un año después: la pregunta pendiente sobre la Suprema Corte

Un año después de la instalación de la nueva Suprema Corte, el tiempo ya permite comenzar a evaluar a sus integrantes por lo que hacen.
Sesión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la que se observa el recinto, los y las ministras y la audiencia del día.
Aplazar la siguiente elección judicial puede resolver un problema de calendario. No resuelve los problemas que dejó la elección de 2025, señala Carlos Enrique Odriozola Mariscal. (X/SCJN)

Este 1 de septiembre se cumple un año desde que entró en funciones la nueva Suprema Corte de Justicia. Por primera vez en nuestra historia, sus nueve integrantes llegaron al cargo mediante voto popular.

Durante estos doce meses hemos discutido sus sentencias, sus criterios, sus discursos y hasta sus formas. Sin embargo, permanece abierta una pregunta anterior a todo ello: ¿qué consecuencias jurídicas deben tener las irregularidades que rodearon la elección que permitió integrar a la nueva Corte?

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No es una pregunta menor. La legitimidad de un tribunal constitucional no depende únicamente de lo que hace una vez instalado. También importa el procedimiento mediante el cual sus integrantes llegaron al cargo.

La elección judicial del 1 de junio de 2025 estuvo marcada por el fenómeno de los llamados “acordeones”: materiales físicos y digitales que indicaban a los electores los números correspondientes a determinadas candidaturas. Su existencia no fue solamente una denuncia de quienes perdieron la elección.

La Misión de Observación Electoral de la Organización de los Estados Americanos documentó el fenómeno y realizó una constatación especialmente relevante: las nueve candidaturas que obtuvieron el mayor número de votos para integrar la Suprema Corte habían sido promovidas en alguno de los acordeones que la misión pudo conocer.

Eso no demuestra por sí mismo quién produjo esos materiales, quién los financió ni cuántos votos fueron consecuencia de ellos. Mucho menos permite afirmar que quienes resultaron electos participaron en su elaboración o distribución.

Pero precisamente ahí se encuentra el problema.

A más de un año de aquella elección seguimos sin saber quién organizó los acordeones, cuánto costaron, de dónde provinieron los recursos para producirlos, cómo lograron distribuirse en diferentes lugares del país y cuál fue su verdadero impacto electoral.

El asunto llegó al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Un proyecto de sentencia propuso incluso anular la elección al considerar acreditada una operación sistemática de propaganda prohibida. La mayoría decidió finalmente validar los resultados.

La discusión, sin embargo, no terminó ahí.

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Existe también una dimensión interamericana. Antes de celebrarse la elección, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos había expresado preocupación por los posibles efectos de la reforma mexicana sobre la independencia judicial, el acceso a la justicia y el Estado de derecho. Después llegó la observación electoral de la OEA y la documentación del fenómeno de los acordeones.

Conozco la siguiente parte de la historia de primera mano. Participé como candidato a ministro en aquella elección y, después de agotar la vía interna, presenté una petición individual ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. La CIDH determinó inicialmente que la información presentada no aportaba los elementos necesarios para establecer una posible violación de los derechos protegidos por la Convención Americana.

Solicité el reestudio de esa determinación conforme a las reglas de la propia Comisión. A la fecha, esa revisión permanece pendiente.

Pero mi expediente es lo menos importante. La cuestión subsiste independientemente de quién la haya planteado: ¿qué estándar de integridad electoral debemos exigir cuando elegimos no a un presidente, gobernador o legislador, sino a quienes tendrán la última palabra sobre nuestra Constitución?

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Si México decidió trasladar la legitimidad de sus jueces constitucionales hacia las urnas, también trasladó hacia el proceso electoral una parte fundamental de la legitimidad de la propia Suprema Corte.

Por eso podemos hablar de dos dimensiones distintas. Durante este primer año, la nueva Corte desaprovechó la oportunidad de construir legitimidad de ejercicio, mediante la calidad de sus sentencias, su independencia frente a los poderes políticos y su capacidad para proteger los derechos fundamentales. Además, permanece pendiente la discusión sobre su legitimidad de origen.

La cuestión adquiere mayor relevancia porque la siguiente elección judicial federal, originalmente prevista para 2027, fue aplazada hasta 2028. México tiene, por tanto, una oportunidad que no debería desperdiciar: esclarecer lo ocurrido en 2025 y corregir las deficiencias del modelo antes de regresar a las urnas.

Aplazar la siguiente elección judicial puede resolver un problema de calendario. No resuelve los problemas que dejó la elección de 2025.

Si para 2028 seguimos sin saber quién produjo y financió los acordeones, cómo fueron distribuidos y cuáles deben ser las consecuencias jurídicas de una operación de esa naturaleza, habremos desperdiciado tres años sin resolver una de las principales interrogantes de nuestra primera elección judicial.

Un año después de la instalación de la nueva Suprema Corte, el tiempo ya permite comenzar a evaluar a sus integrantes por lo que hacen.

Pero todavía falta responder cómo llegaron ahí.

Y esa pregunta no pertenece a quienes ganamos o perdimos aquella elección.

Pertenece a todos los que tendremos que vivir bajo las decisiones de la Corte que surgió de ella.
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*Carlos Enrique Odriozola Mariscal es abogado y activista en la defensa de los derechos humanos. Presidente del Centro Contra la Discriminación. Redes sociales @ceodriozolam.

Nota editorial: Las opiniones publicadas en esta columna corresponden exclusivamente al autor.

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