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El machismo en la cancha también es inconstitucional

Lo que está en juego no es una decisión arbitral, sino la legitimidad misma de una mujer para ejercer autoridad en el espacio público.
mar 14 abril 2026 06:06 AM
árbitra profesional Katia Itzel García
Si incluso en los espacios más visibles se permite que el género siga siendo un argumento para deslegitimar la autoridad de una mujer, entonces la promesa constitucional de igualdad sigue siendo, en buena medida, una tarea pendiente, considera Carlos Enrique Odriozola Mariscal. (Foto: Manuel Velasquez/Getty Images)

El domingo, en el estadio de futbol de Ciudad Universitaria, Sergio Bueno Rodríguez, entrenador del equipo de futbol Mazatlán, profirió insultos machistas en contra de Katia Itzel García, tras reclamos derivados de una decisión arbitral, lastimando su dignidad por ser mujer, evidenciando que el género sigue siendo usado para cuestionar la autoridad de las mujeres, incluso en contra de lo que manda la Constitución.

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La frase no es un exceso menor ni una reacción aislada propia de la tensión deportiva. La expresión atribuida al director técnico Sergio Bueno Rodríguez —“ahora resulta que una mujer quiere venir a demostrar que tiene huevos”— revela con claridad un problema más profundo. Es prueba de la persistencia de un estereotipo de género que vincula el ejercicio de autoridad, firmeza y capacidad de decisión con atributos masculinos, y que coloca a las mujeres en una posición de justificación permanente cuando acceden a espacios históricamente reservados para hombres.

El hecho adquiere una dimensión constitucional, porque lo que está en juego no es una decisión arbitral, sino la legitimidad misma de una mujer para ejercer autoridad en el espacio público.

El artículo 1º de la Constitución no solo prohíbe la discriminación por razón de género, sino que establece un mandato claro para todas las autoridades de prevenir, investigar, sancionar y reparar violaciones a derechos humanos. Este mandato se articula con la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, que considera conductas discriminatorias aquellas que incitan a la burla, al descrédito o a la exclusión con base en el sexo, y con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que reconoce como violencia psicológica y simbólica los actos que dañan la dignidad y reproducen patrones de subordinación. Bajo este marco normativo, la expresión no puede entenderse como una simple crítica o un exceso verbal, sino como una manifestación de discriminación que descalifica a la persona a partir de su condición de mujer y que reproduce un patrón estructural de desiguldad.

La gravedad del hecho se intensifica por el contexto en el que ocurre. No se trata de una conversación privada ni de un comentario marginal, sino de una expresión emitida en un evento deportivo profesional y con amplia difusión mediática. En estos espacios de alta visibilidad, el lenguaje no solo tiene un impacto individual, sino que contribuye a moldear percepciones sociales y a reforzar o cuestionar estructuras de poder. Lo que se dice en una cancha no se queda en la cancha: se proyecta como mensaje social. El mensaje que se transmite en este caso es particularmente problemático, porque refuerza la idea de que las mujeres continúan siendo percibidas como ajenas o intrusas en espacios de decisión, incluso cuando han alcanzado niveles de excelencia reconocidos a nivel internacional.

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Frente a este tipo de conductas, el sistema jurídico mexicano no es neutral ni indiferente. Existen instituciones diseñadas específicamente para intervenir cuando la discriminación se manifiesta en la vida pública, y cuentan con facultades para investigar, emitir medidas administrativas, promover acciones de reparación y fijar criterios que orienten la conducta social. Por ello, este tipo de casos no debería agotarse en la polémica mediática ni en la indignación momentánea, sino traducirse en una respuesta institucional que establezca con claridad los límites del discurso discriminatorio en espacios públicos.

Lo que está en juego no es una sanción ejemplar en abstracto, sino la definición de un estándar. Si este tipo de expresiones se minimiza bajo el argumento de que forman parte de la “intensidad” del deporte, entonces se envía un mensaje permisivo que perpetúa la desigualdad. Si, por el contrario, se reconoce su carácter discriminatorio y se actúa en consecuencia, se contribuye a consolidar un entorno en el que la autoridad de las mujeres no esté sujeta a cuestionamientos basados en estereotipos.

En última instancia, el problema no es la frase en sí misma, sino lo que revela. La igualdad formal aún convive con prácticas y discursos que buscan reinstalar jerarquías que el derecho ya ha proscrito. Es precisamente ahí donde el derecho debe intervenir, no como reacción tardía, sino como instrumento para desmantelar esas inercias.

Porque si incluso en los espacios más visibles se permite que el género siga siendo un argumento para deslegitimar la autoridad de una mujer, entonces la promesa constitucional de igualdad sigue siendo, en buena medida, una tarea pendiente.

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Nota del editor: Carlos Enrique Odriozola Mariscal es abogado y activista en la defensa de los derechos humanos. Presidente del Centro Contra la Discriminación. Redes sociales @ceodriozolam Las opiniones publicadas en esta columna corresponden exclusivamente al autor.

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