Publicidad
Publicidad

#ApuntesElectorales | ¿Cuál debe ser el perfil de una persona juzgadora?

A poco más de un mes de que se lleven a cabo las elecciones nos empezamos a preguntar si los perfiles son aptos para participar en la contienda, si reúnen los requisitos para ser personas juzgadoras.
lun 28 abril 2025 06:04 AM
cdmx-eleccion-judicial.jpg
Uno de los legados de la reforma judicial fue reducir los requisitos para acceder a los cargos jurisdiccionales; el argumento que se hizo valer es que cualquier persona debía de poder aspirar a este cargo, esta era la forma de democratizar al Poder Judicial, señala Arturo Espinosa Silis.

En los últimos días se ha señalado en la opinión pública a candidatos y candidatas cuya trayectoria y experiencia es bastante cuestionable, se trata de casos de abogados de narcotraficantes, exfuncionarios públicos con acusaciones relacionadas con actividades criminales y algunas otras candidaturas que acumulan denuncias que van desde acoso laboral hasta violencia doméstica.

Publicidad

A poco más de un mes de que se lleven a cabo las elecciones nos empezamos a preguntar si estos perfiles son aptos para participar en la contienda, si reúnen los requisitos para ser personas juzgadoras o no.

En realidad, uno de los legados de esta reforma fue reducir los requisitos para acceder a los cargos jurisdiccionales; el argumento que se hizo valer es que cualquier persona debía de poder aspirar a este cargo, esta era la forma de democratizar al Poder Judicial.

Cuando se emitió la convocatoria para inscribirse al proceso, primero por parte del Senado y después la de cada uno de los comités de evaluación, se señaló que los requisitos daban pie a la discrecionalidad, e incluso la arbitrariedad en la selección de los perfiles. Una vez que los comités comenzaron a realizar el proceso de evaluación y selección de los perfiles también se hizo hincapié en que el trabajo realizado era poco escrupuloso, la actividad de los comités se limitaba a revisar si cumplían los requisitos legales para ocupar al cargo, sin hacer un escrutinio mayor sobre cada aspirante. Nunca se generó un debate, y mucho menos un análisis sobre la idoneidad de los perfiles para ser personas juzgadores.

Hoy, en plena campaña, surgen dudas sobre la idoneidad de varios de estos perfiles. El presidente del Senado, quien condujo en términos generales el proceso de evaluación en el primer tramo de la elección, reconoce que existen perfiles cuya idoneidad no es la adecuada, pero se lava las manos ante la responsabilidad de los comités de evaluación en el proceso de selección, incluso pide a las autoridades electorales tomar acciones para impedir que personas no aptas lleguen a la judicatura. Es claro que los comités no hicieron un trabajo acucioso.

La pregunta que desde un principio nos debimos hacer, que se debieron plantear los comités de evaluación es ¿qué perfil deben tener las personas juzgadoras? En la doctrina jurídica y en los estándares internacionales existe una amplísima bibliografía que trata de responder esta pregunta, sería imposible sintetizar en estas líneas toda la informeción, pero en términos generales coinciden en que una persona juzgadora necesita, además de tener los conocimientos jurídicos suficientes para juzgar en la materia de su especialidad, contar con experiencia probada para resolver todo tipo de casos. Es fundamental que sean personas íntegras y probas, con altos estándares éticos, y que sean independientes en su actuar al momento de juzgar.

Publicidad

Es sumamente relevante darles la importancia debida a estas características, pues las personas juzgadoras resuelven casos en los que se involucran los derechos de las personas, sus libertades, su patrimonio y el de familias enteras; la viablidad de empresas de las que dependen el ingreso de decenas, cientos o incluso miles de personas trabajadoras, en algunos puntos, incluso tienen en sus manos la definición de asuntos que implican relaciones comerciales o diplomáticas con otros países.

No podemos olvidar que juzgar es una de las funciones más relevantes dentro del Estado, y es así como lo debemos dimensionar, aunque en la reforma y a lo largo de toda la elección busquen minimizar la actividad jurisdiccional, las consecuencias de lo que dejemos de hacer hoy las vamos a enfrentar más tarde.

____

Nota del editor: Las opiniones de este artículo son responsabilidad única del autor.

Publicidad

Tags

Opinión Política Elecciones judiciales 2025 TEPJF Reforma al Poder Judicial

Newsletter

Los hechos que a la sociedad mexicana nos interesan.

Publicidad

MGID recomienda

Publicidad