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#ColumnaInvitada | 'Nearshoring', beneficios fiscales pero con respeto a los DH

El Estado mexicano no sólo atraería inversión extranjera directa sino que también cumpliría con su deber de proteger los derechos humanos y prevenir violaciones a los mismos.
mié 13 septiembre 2023 06:00 AM
'Nearshoring', beneficios fiscales pero con respecto a los derechos humanos
Incorporar el enfoque de derechos humanos, de manera explícita y sistemática, a la integridad empresarial contribuiría a la prevención y control de la corrupción, apunta Suhayla Bazbaz Kuri.

(Expansión) - El nearshoring (también conocido como relocalización de empresas o procesos productivos a territorio nacional) es una oportunidad para atraer a empresas que asumen y cumplen su responsabilidad de respetar los derechos humanos al realizar sus actividades empresariales en donde operen. Así, el Estado mexicano no sólo atraería inversión extranjera directa sino que también cumpliría con su deber de proteger los derechos humanos y prevenir violaciones a los mismos.

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Desde el 2011 que el Consejo de Derechos Humanos adoptó los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos todas las empresas —con independencia de su tamaño, sector, nacionalidad, estructura o propiedad—- tienen la responsabilidad de respetar los derechos humanos. Ello implica abstenerse de afectar derechos de terceros y hacer frente a las consecuencias negativas de sus actividades en las que pudieran tener alguna participación. Además, todas las autoridades tienen la obligación de proteger los derechos humanos y de prevenir violaciones a los mismos. Esa obligación del Estado mexicano aplica para las actividades empresariales de todas las empresas, incluidas las que lleguen a México por nearshoring o relocalización.

En el Paquete económico para el ejercicio fiscal 2024 se contempla el otorgamiento de incentivos fiscales a empresas de los sectores de la industria eléctrica y electrónica, semiconductores, industria automotriz y de electro-movilidad, dispositivos médicos, farmacéutica, y otros sectores industriales considerados estratégicos, que decidan instalarse en el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec (CIIT). Pero, ¿qué hay del respeto a los derechos humanos como responsabilidad de esas empresas y de la debida diligencia con la que deben identificar, prevenir, mitigar, reparar y rendir cuentas por las consecuencias negativas de sus actividades sobre los derechos humanos?

La posibilidad de otorgar estos incentivos fiscales constituye una oportunidad para que el Estado mexicano enuncie con claridad la expectativa de conducta empresarial para que todas las empresas domiciliadas en su territorio y/o jurisdicción respeten los derechos humanos en todas sus actividades. Concretamente, planto que estos incentivos sean única y exclusivamente para las empresas que sepan y demuestren que conocen y cumplen su responsabilidad de respetar los derechos humanos.

Una propuesta es que en los Lineamientos emitidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público se contemple, como requisito adicional a los previstos en el Decreto , que los contribuyentes interesados en obtener los beneficios fiscales y facilidades administrativas, deben cumplir, al menos, con las siguientes medidas fundamentadas en los PREDDHH para recibir la constancia:

a) Adoptar y aprobar al más alto nivel de directivo de la empresa un compromiso político en el que se exprese que asume su responsabilidad de respetar los derechos humanos en sus actividades empresariales.

b) Determinar y divulgar una ruta crítica para llevar a cabo los procesos internos y las consultas sustantivas con los grupos potencialmente afectados y otras partes interesadas para adoptar su Política de Derechos Humanos que deberá concluirse antes de que termine el ejercicio fiscal en el que la empresa haya recibido los beneficios fiscales o facilidades administrativas previstos en el Decreto por primera vez.

c) Rendir y publicar un reporte anual -al término de cada ejercicio fiscal para mantener los incentivos para el subsecuente- en el que transparente cómo identifica y responde al impacto potencial y real de sus actividades empresariales sobre los derechos humanos en el marco del nearshoring o relocalización.

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Incorporar el enfoque de derechos humanos, de manera explícita y sistemática, a la integridad empresarial contribuiría a la prevención y control de la corrupción, porque una empresa que conoce y cumple su responsabilidad de respetar los derechos humanos tiene mayor prestigio, mejor trayectoria y menor presión de incurrir en actos de corrupción para obtener, renovar o ampliar concesiones, contratos, convenios, permisos o autorizaciones para sus actividades o proyectos.

Como ha aseverado en #PasoQueDure y en #QueSepanQueSabemos , los derechos humanos deben ser respetados, protegidos y garantizados por las autoridades, y respetados por las empresas, incluso en el contexto actual de múltiples emergencias y crisis. Es su obligación y responsabilidad. No es opcional. La necesidad y urgencia de las personas y pueblos por tener un sustento no es excusa.

Las Comisiones del H. Congreso de la Unión que examinan, discuten, modifican y aprueban el Presupuesto de Egresos de la Federación para el 2024; la Secretaria de Hacienda y Crédito Público que emite la constancia o resolución de incumplimiento, el Director General del CIIT que da su opinión, el titular de la Secretaría de Marina que la conoce previamente por ser organismo público descentralizado y la Secretaría de Economía que promueve la inversión extranjera directa y el desarrollo industrial, están en una coyuntura que les permitiría prevenir violaciones y proteger los derechos humanos -en el ámbito de su competencia- a la vez que potencian la tasa de retorno para las empresas y aceleran la inversión privada y la generación de empleos con el nearshoring o relocalización.

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Nota del editor: Suhayla Bazbaz Kuri es Fundadora y Directora General de Cohesión Comunitaria e Innovación Social A.C., coordinadora de la iniciativa #QueSepanQueSabemos y del Programa sobre Obligaciones y Responsabilidades en materia de derechos humanos de Autoridades, Empresas e Instituciones Financieras. Las opiniones publicadas en esta columna corresponden exclusivamente a la autora.

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