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#ColumnaInvitada | El costo de la criminalización del aborto en El Salvador

La criminalización injusta de mujeres que enfrentan emergencias obstétricas y la prohibición total del aborto son algunos problemas que persisten en materia de acceso a salud sexual y reproductiva.
jue 23 marzo 2023 05:57 AM
El grave costo de la criminalización total del aborto en El Salvador
La prohibición total del aborto no ha reducido las tasas de aborto ni en El Salvador ni en ninguna otra parte del mundo, apunta Carmen Cecilia Martínez.

En El Salvador, las mujeres hacen parte del 8% de latinoamericanas que vive en regiones que aún prohíben completamente el aborto, según estimaciones realizadas por el Centro de Derechos Reproductivos. Desde 1998 la ley restringe de forma absoluta la interrupción voluntaria del embarazo y aplica incluso si está en riesgo la vida y salud de la gestante. Por cuenta de ello, según datos de organizaciones de la sociedad civil salvadoreña, entre 1998 y 2022, al menos 196 mujeres fueron procesadas judicialmente por causas asociadas a emergencias obstétricas o a abortos espontáneos.

Estas cifras retratan una infundada criminalización estructural: si bien es cierto que las emergencias obstétricas no están castigadas por el código penal, El Salvador ejerce este castigo en la práctica. En el año 2021, la Corte Interamericana de Derechos Humanos reconoció que en ese país existe un fenómeno injusto de criminalización de las complicaciones en el embarazo y que son consecuencia de los efectos de la penalización total del aborto. La Corte también señaló que las personas más afectadas por esa criminalización son las mujeres que viven en situación de pobreza, en zonas rurales o aquellas con niveles bajos de escolaridad.

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La Corte Interamericana dio cuenta de esta injusta situación al abordar el caso de Manuela, una de las víctimas de este cruel fenómeno. Manuela sufrió una serie de emergencias obstétricas, derivadas de un cáncer linfático no diagnosticado y de una caída en el río mientras lavaba su ropa. En 2008, Manuela sintió la necesidad de ir al baño y estando en la letrina que quedaba a varios metros de su casa se desmayó. Todo lo anterior provocó la pérdida de su embarazo.

Ella vivía con pocos recursos, a varias horas del hospital más cercano y no era consciente de que había afrontado un parto intempestivo. Aún inconsciente, fue llevada al hospital pero a pesar de su grave estado, fue indebidamente denunciada por el personal médico que quebrantó el secreto profesional al presumir que había cometido el supuesto delito de aborto, presumiendo que ella estaba escondiendo una supuesta relación extramarital. La Policía la detuvo de manera arbitraria, la esposó a la camilla mientras estaba convaleciente y la interrogó sin la presencia de un abogado.

Fue condenada a 30 años de prisión por el delito de homicidio agravado, luego de un injusto proceso penal, lleno de estereotipos de género discriminatorios, tal y como lo ha reconocido la Corte Interamericana. A causa del cáncer linfático que padecía y de la falta de tratamiento adecuado, Manuela murió en 2010, mientras aún cumplía una injusta condena y dejando en precarias condiciones a sus dos hijos, de 7 y 9 años. En su sentencia condenando al Estado salvadoreño, la Corte Interamericana determinó una ruta de medidas que El Salvador debe implementar para que nadie repita la historia de Manuela.

Esta ruta contempla acciones como garantizar una regulación apropiada el secreto profesional médico para que el personal de salud pueda prestar servicios de salud sexual y reproductiva sin temor de enfrentar procesos penales, y para que cuando se trate de estos casos, nunca prime el deber de denuncia sobre la atención en salud; hacer reformas legislativas para garantizar la atención de salud integral en casos de emergencias obstétricas, diseñar una política de educación sexual y reproductiva, y reparar a la familia de Manuela, lo cual debe incluir un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional acordado con las víctimas.

Cabe mencionar que la decisión en este caso no solo incumbe a El Salvador. El alcance de la Corte Interamericana es regional y la histórica sentencia del caso Manuela contribuyó a desarrollar importante jurisprudencia a nivel continental para los derechos de las mujeres y en materia de secreto profesional médico. Luego de esta sentencia, el personal de salud no puede denunciar a mujeres que acuden al hospital buscando atención en salud reproductiva, incluyendo el aborto.

Desde que se comunicó la sentencia del caso Manuela, El Salvador ha dado pasos liberando, en poco más de un año, a 13 mujeres que habían sido injustamente criminalizadas luego de haber experimentado emergencias obstétricas. Gracias al trabajo liderado por la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto, acompañada de otras organizaciones sociales, hoy ellas pudieron dejar la prisión. Además de Manuela, todas las mujeres que enfrentaron procesos de criminalización sin fundamento merecen ser reparadas por el Estado.

Perseguir penalmente a una mujer por haber experimentado una emergencia obstétrica, como la pérdida involuntaria del embarazo, es una injusticia gravísima: ellas son denunciadas, detenidas, judicializadas y encarceladas mientras su vida y su salud están en riesgo. Numerosas mujeres en El Salvador temen buscar atención médica para sus embarazos debido al miedo de enfrentar procesos judiciales, ser separadas de sus familias y vivir con el estigma institucional y social después de ser condenadas por homicidio.

La criminalización injusta de mujeres que enfrentan emergencias obstétricas y la prohibición total del aborto son algunos de los problemas que persisten en El Salvador en materia de acceso a salud sexual y reproductiva. De hecho, pronto la Corte Interamericana analizará la carga desproporcionada que esta prohibición tiene sobre los derechos de las mujeres a través del caso de Beatriz , una joven que vivía en una zona rural de El Salvador y que murió en 2017.

En 2013, durante su segundo embarazo, los médicos informaron a Beatriz que la gestación ponía en riesgo su vida, tanto porque padecía Lupus, como porque el embarazo era completamente inviable ya que el feto no desarrolló cerebro. Ella, conociendo los riesgos a su vida y a su salud, solicitó una interrupción voluntaria del embarazo pero no pudo tener acceso legal, temprano y oportuno, en virtud de la prohibición total del aborto vigente en El Salvador. Los mismos médicos que aconsejaban interrumpir su embarazo se veían impedidos de hacerlo por temor a sufrir represalias penales. Más tarde, Beatriz fue sometida a una cesárea y tuvo que enfrentar el duelo que le provocó conocer la muerte de su recién nacido, dada la incompatibilidad de su embarazo con la vida extrauterina.

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La prohibición total del aborto no ha reducido las tasas de aborto ni en El Salvador ni en ninguna otra parte del mundo. En cambio, disposiciones injustas como estas han obligado miles de mujeres a recurrir a procedimientos inseguros, y han promovido el acoso, la detención y la criminalización de mujeres y profesionales de salud. El Salvador tiene la oportunidad de remediar estas injusticias implementando integralmente la sentencia del caso Manuela y ajustando sus marcos normativos a las más recientes recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos tiene la oportunidad de acabar con los negativos e irreversibles efectos de la prohibición y penalización de un servicio esencial de salud. Avanzar en la despenalización del aborto es un paso concreto para garantizar los derechos fundamentales de todas.

Nota del editor: Carmen Cecilia Martínez es Directora Asociada de Estrategias Legales para América Latina y el Caribe del Centro de Derechos Reproductivos. Las opiniones publicadas en esta columna corresponden exclusivamente a la autora.

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