Llevamos el caso de Carlos, mi hijo, hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que en agosto del 2019 mandató dos cosas al Estado mexicano: la publicación del reglamento de cannabis y la atención integral de salud a Carlos, incluyendo la provisión de medicamentos de cannabis.
El reglamento finalmente se publicó el 12 de enero de 2021 para diseñar las normas para asegurar el acceso a la materia prima y medicamentos derivados de cannabis. El reglamento deja más cabos sueltos que rutas claras para el acceso legal de la materia prima y medicamentos. Esto ha afectado a la industria mexicana y a las y los pacientes que requerimos cultivar, comprar en el territorio nacional o importar semillas, derivados farmacológicos y medicamentos de cannabis. Así llegamos a la pregunta:
¿Cómo es que en el Metro, las farmacias y hasta mi vecina vende CBD?
El cannabidiol (CBD) es uno de los cannabinoides más investigados, por lo que se le atribuyen mayores propiedades médicas y terapéuticas, además de ser el más abundante en el cáñamo (planta que se reconoce por contener porcentajes menores al 1% de tetrahidrocannabinol (THC)), por lo que en varios países su uso se ha regulado para producir alimentos, suplementos alimenticios, materiales de construcción, bioplásticos, y más.
Es importante recordar que el cáñamo no es cannabis medicinal, así que todo eso que se vende actualmente en nuestro país (incluso en consultorios médicos) se importa dentro de áreas grises, a través de amparos o de plano desde la cajuela de sus carros. La mayoría no cuenta con los estándares de calidad que requiere un paciente, debido a que el Estado mexicano no ha hecho el mínimo esfuerzo por regular el mercado nacional, solo se ha limitado en cumplir la sentencia de la SCJN.
En cuanto a la provisión de los medicamentos de Carlos, el IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social) me preguntó que si Carlos estaba "bien" con el aceite que yo le preparaba, ¿para qué quería que ellos me lo dieran? Mi respuesta fue: Es el derecho de Carlos y la obligación de ustedes. A los pacientes con cáncer no los ponen a hacer sus quimios, ni a ningún otro paciente lo ponen a hacer sus propios medicamentos.
Hubo un largo silencio y es que lamentablemente tampoco está permitido el cultivo personal con fines medicinales. Así que el IMSS inició la búsqueda del medicamento para cumplir con la sentencia. Esto es importante. Lo que busca el Estado mexicano es cumplir con las sentencias, no cumplir con los derechos de las y los pacientes.
Al principio, el IMSS me ofreció un aceite de cáñamo de España. Tuve que explicarles que eso no era un medicamento. El 14 de febrero del 2021 me ofrecieron un aceite de oliva donde disolvieron dos cannabinoides (CBD/THC) hechos por una empresa que no contaba con los requisitos necesarios (de acuerdo a la LGS). Por lo tanto, lo rechacé.
El IMSS se acercó al juez en turno y le exhibió las "evidencias" de que ya había cumplido a la sentencia, y el juez lo validó. Otra vez fue la estrategia de Luisa Conesa y su equipo quienes llevaron nuestra inconformidad hasta un tribunal colegiado. Meses después remitió otra vez al juzgado la sentencia de Carlos para su cumplimiento, donde seguimos esperando los medicamentos.