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#ColumnaInvitada | Contra la violencia política de género en los municipios

Combatir la violencia política de género contra las mujeres requiere coordinación, y es en el ámbito municipal donde se deben focalizar las acciones, escribe la consejera electoral Norma de la Cruz.
jue 18 noviembre 2021 10:30 AM
Mujeres
La consejera Norma de la Cruz urge a que las autoridades tengan acciones coordinadas para combatir la violencia política en razón de género.

El municipio es cuna de las experiencias de las mujeres como gestoras, fundadoras de organizaciones, representantes de colonias, líderes políticas, candidatas, regidoras o presidentas municipales. No obstante, y de forma paradójica, es en donde se registran no solo los más bajos porcentajes de participación en puestos de toma de decisión o en las presidencias municipales (22.18% en 2021); las funciones y encargos en cabildos siguen acotados al rol de género y ese espacio se ha tornado cerrado, hostil y violento a la participación de las mujeres en la toma de decisiones.

La violencia política contra las mujeres es un problema arraigado, son múltiples causas culturales y estructurales sobre las que se requiere incidir para su detección, atención y sanción. Afrontarla implica la concurrencia de competencias y la coordinación de acciones entre autoridades federales y locales. Y es en este ámbito donde debemos focalizar acciones.

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Las reformas legislativas publicadas el 13 de abril de 2020 representan la determinación de frenar la violencia política contra las mujeres en razón de género, dando pauta al Consejo General del INE para poner en marcha una serie de mecanismos orientados a prevenir, atender y sancionar cualquiera de sus expresiones, allanando el camino para el pleno ejercicio de los derechos políticos de las mexicanas, y a hacer aplicables las penas y sanciones penales, civiles, administrativas o electorales que la ley dispone.

En congruencia con ello, se han emitido protocolos de atención para la actuación ciudadana e interinstitucional a nivel federal y en las entidades federativas y en los partidos políticos, y se armonizaron leyes locales; desde el INE se han emitido ordenamientos, acuerdos, rutas e instancias para la atención, reglamento de quejas y formatos de denuncia, lineamientos para que los partidos políticos nacionales y locales se sumen a estas acciones y guías para su prevención, atención y sanción, así como una serie de materiales y publicaciones que se pueden consultar en el sitio web https://igualdad.ine.mx/mujeres-en-la-politica/violencia-politica/ .

En el más reciente proceso electoral, el conjunto de estas medidas se puso a prueba: los resultados preliminares de la encuesta sobre las experiencias políticas de mujeres en el proceso electoral (presentados en la 26 Asamblea de la Asociación Mexicana de Consejeras Estatales Electorales) detectaron 619 casos de violencia política contra las mujeres en razón de género (VPMG), predominando la violencia digital, y solo 19.50% de los casos se denunció: 72.2% en los OPLES, 16.7% por la vía penal y 11.1% en tribunales electorales. El monitoreo en medios arroja datos reveladores sobre exclusión de trayectorias, experiencias o propuestas electorales de las mujeres y de promoción de estereotipos de género.

La VPMG sufrida por una mujer en un municipio de Oaxaca resultó en la creación del Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género. Se ha identificado a personas responsables, y si bien visibiliza a las personas agresoras, pertenecer a dicho registro no ha sido suficiente para evitar reincidencias.

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La concurrencia de acciones no deberá ceder ni dejar pasar por alto por parte de nadie y en ningún lugar la violencia contra las mujeres. Un referente para que la VPMG no vuelva a suceder son sin duda las recientes sentencias. La primera, en sesión del 29 de septiembre de 2021 en sentencia histórica, confirmó la anulación de la elección en el municipio de Iliatenco, Guerrero , que acreditó la VPMG contra la candidata a presidenta municipal, condenando desde la máxima instancia judicial las expresiones en bardas y pintas aludiendo incapacidad de las mujeres para gobernar o reclamando esos espacios para hombres.

De igual manera, el caso en el municipio de Emiliano Zapata en Chiapas, donde la actuación expedita por parte de la autoridad electoral local, un acuerdo que fue confirmado por la Sala Regional Xalapa del TEPJF, actualmente es identificada como buena práctica en donde instancias locales no solo determinan procedente la violación a derechos político-electorales de las mujeres, sino que incluso demandan medidas para resarcir el daño.

Todo ello habla no solo de concurrencias y de sentar precedentes, sino del proceso de transversalización de la perspectiva de igualdad de género e interseccionalidad en el ejercicio de los derechos políticos de la mujeres lanzando un claro veredicto: ningún caso de VPMG pasará por alto en ninguna instancia en ningún lugar del territorio nacional.

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Nota del editor: La autora es consejera electoral en el Instituto Nacional Electoral (INE).

Las opiniones de este artículo son responsabilidad única de la autora.

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