Los magistrados ratificaron la sentencia de la Sala Regional Ciudad de México, en el sentido de que los hechos cometidos contra la candidata emecista sí fueron determinantes para el resultado de la elección y afectaron los principios constitucionales de equidad y voto libre.
Los mensajes denigrantes, como “Las mujeres no saben gobernar”, “Ninguna mujer al poder” y “Las viejas no sirven para gobierno”, se localizaron a la orilla de la carretera, en un poste de luz, en una casa y en dos espectaculares, en los alrededores de comunidades cercanas a Iliatenco.
Además, la diferencia de votos entre primero y segundo lugar fue de solo 53 votos, el 0.97%.
“La violencia política de género tuvo un impacto negativo en el derecho de la víctima a ejercer su derecho a ser votada, pues la puso en una situación de desventaja ante el electorado con motivo de los mensajes denigrantes que hicieron referencia hacia su persona, que claramente se puede presumir trascendieron al resultado de la elección”, concluyó la Sala Superior.
El fallo se aprobó por mayoría de seis votos contra uno. El magistrado que difirió fue José Luis Vargas, quien consideró que, si bien hubo violencia política de género, no hay un responsable claro al cual sancionar, por lo que anular la contienda sería una sanción desmedida porque con ello se estaría castigando a los electores.