De ahí que poco se explica, por qué no utilizar los mecanismos ya existentes o en su caso ampliarlos a otro supuestos, pero bajo los procedimiento ya establecidos por la Ley tal como los criterios de oportunidad y salidas alternas que hoy prevé el Código Nacional de Procedimientos Penales o las medidas de libertad anticipada de la Ley Nacional de Ejecución Penal que presuponen un sinfín de opciones legales que pudieron haber sido mejorables y aplicaras sin necesidad de romper procesos podrían ya ser más rápidos y eficaces.
Desafortunadamente, el problema de esos procedimientos es que en ninguna parte de involucran algo que implique agradecimientos ni aplausos al Poder Ejecutivo sino que dependen de otras autoridades. De ahí que resultaba muy tentador anunciar lo previsto por esta Ley como parte de las medidas urgentes que debían tomarse debido a la pandemia.
Sin embargo, si nos remontamos al procedimiento que establece esta nueva Ley de Amnistía, resulta que en esencia la persona que se ubique en un supuesto que considere de procedencia para la amnistía, lo deberá solicitar a una Comisión que depende del Ejecutivo Federal, para que revise su caso y en un máximo de cuatro meses resuelva si es procedente o no, para luego pasar esta determinación a un Juez, quien en caso de resolver favorablemente ordenará a la Fiscalía General de la República que retire su acusación en caso de aún estar en proceso u ordenar se dé por terminada esta sentencia.
Como es evidente, de la mera lectura de estos pasos resulta que es un proceso burocrático, lento y que vulnera las facultades constitucionales, especialmente las de la Fiscalía General. De ahí, que la única forma de explicar esta errática propuesta es a la luz de un clientelismo penal. Ello a costa de debilitamiento de la Constitución, y fomentando procedimientos absurdos y burocráticos así como de dar a la ciudadanía falsas esperanzas en torno a que a través de este parche se va tapar la gran herida de falta de justicia que durante muchos años se ha demandado.
Con esto no se quiere decir que nuestro sistema penal y de prisiones no deba mejorar, claro que debe hacerse, claro que debemos dejar de tener inocentes en la cárcel, claro que debemos privilegiar la libertad de las personas que son investigadas, pero en el contexto de un gobierno y de un Congreso que no ha hecho más que aumentar los delitos de prisión oficiosa y el catálogo de delitos de delincuencia organizada, demostrando que lo que menos les importa son los derechos de las personas, resulta infame ahora pugnar por una desarticulada Ley de Amnistía que no hace otra cosa que fomentar el clientelismo penal.
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Nota del editor: Estefania Medina y Adriana Greaves son cofundadoras de la Organización Tojil.
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