De esta forma, las personas de confianza del beneficiario pueden ayudarlo para que reciba la pensión en caso, por ejemplo, de que el adulto mayor tenga movilidad limitada.
Para ello, se debe designar a un auxiliar ante la Secretaría de Bienestar. Para ello es necesario comunicarse a la Línea del Bienestar al 800 639 42 64 y solicitar la actualización de datos para designar a un auxiliar.
La Secretaría de Bienestar puede considerar necesario acudir al domicilio del adulto mayor, dependiendo en qué lugar del país viva, se notificará la información a personal de la Delegación de Programas para el Desarrollo de la entidad que corresponda, para agendar la visita y ponerse en contacto. Un servidor de la nación de la localidad del solicitante acudirá.
Al fallecer el derechohabiente, su representante o auxiliar que registró previamente, puede solicitar el pago de marcha, que se entrega solo una vez.
Vale recordar que desde el momento en que el derechohabiente se da de alta en la pensión nombra a un auxiliar, ya sea un familiar o persona de su confianza, que lo podrá ayudar en este y otros procesos vinculados a la pensión; sin embargo, el registro de auxiliares se puede realizar en cualquier momento.
A través de la Línea del Bienestar también se puede solicitar cambio de NIP, identificar depósitos y tramitar la reposición por robo o extravío de la tarjeta; mientras que, quienes reciben su pago en efectivo, pueden realizar los trámites de reposición por vigencia, robo o extravío de la planilla de etiquetas y orden de pago.