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El Tribunal Electoral avala las candidaturas de Mancera y Gómez Urrutia

Por mayoría, los magistrados dieron luz verde a que ambos políticos busquen un lugar en el Senado por la vía plurinominal.
mié 06 junio 2018 06:45 PM
Impugnados... pero triunfantes
Impugnados... pero triunfantes Los dos aspirantes enfrentaban recursos del PRI y de una militante del PAN. (Foto: ADNPolítico)

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) avaló las candidaturas para el Senado por el principio de representación proporcional del exjefe de gobierno capitalino, Miguel Ángel Mancera , y del líder sindical Napoleón Gómez Urrutia .

Hace dos meses, el PRI impugnó la candidatura de Gómez Urrutia argumentando que violaba el artículo 32 de la Constitución, que establece que para ser senador se requiere ser mexicano por nacimiento y no tener otra nacionalidad. Según los priistas, lo anterior imposibilitaba al líder minero, que era mexicano y canadiense.

La presidenta del TEPJF, Janine Otálora, explicó que el contendiente postulado por Morena entregó su acta de nacimiento, que avala que es originario de Nuevo León, así como su certificado de nacionalidad mexicana, expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE). La magistrada dijo al respecto que esto es suficiente.

"Conforme a la Ley de Nacionalidad y a los precedentes de la Suprema Corte de Justicia, este documento (el certificado de nacionalidad) es suficiente para acreditar el requisito previsto en el artículo 32 constitucional (...) Además, para la emisión de dicho certificado se debe renunciar a la nacionalidad atribuida, a toda sumisión, obediencia y fidelidad a cualquier Estado extranjero", señaló.

Otálora también dijo que solo la SRE puede anular un documento de este tipo.

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Sobre el reclamo de que Gómez Urrutia no cumple con el requisito de residencia, ya que lleva 12 años viviendo en Canadá, Otálora especificó que la ley establece que para ser candidato al Senado se debe ser originario de una de las entidades que comprenda la circunscripción por la que se contenderá o, si no se cumple con ello, ser vecino de esta por más de seis meses.

"Se prevé que el candidato cumple con el primer requisito, que es ser oriundo del estado de Nuevo León", dijo durante la sesión.

La magistrada recordó que fue el PRI el que impugnó la candidatura de Mancera basándose en el artículo 55 de la Constitución, el cual señala que los gobernantes no pueden ser electos inmediatamente para un cargo de la entidad en la que tuvieron el poder.

"Esa restricción es aplicable a los candidatos de mayoría relativa, ya que no hay actos de campaña (en la candidatura por representación proporcional) y, por ende, no se puede generar una ventaja indebida frente al resto de los contendientes (...) La desventaja que se pretende evitar no tiene lugar, ya que (Mancera) se postula por el estado de Chiapas, habiendo ejercido el cargo en la Ciudad de México", dijo Otálora.

La candidatura de Mancera, junto con la del dirigente panista Damián Zepeda , también había sido impugnada por la militante Mirelle Montes. Sin embargo, los magistrados desecharon los recursos de la inconforme.

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