César Mendoza, experto en Derecho Fiscal, explicó que si bien la Corte tiene hasta el 1 de marzo para resolver estos casos que recibieron en septiembre, en la ley no se establece un mecanismo sancionatorio por si los ministros no cumplen con esta normativa.
“Incluso, puede entrar el Tribunal Disciplinario para que en este caso todo el personal que tiene que actuar para resolver estos asuntos, se ve por qué no los han resuelto. El hecho que entre, no quiere decir que los vaya a sancionar, es decir que entrarían a revisar el por qué no han tomado una decisión”, comentó.
Uno de los casos que revisará es el de Gigante Verde, S. de R.L. de C.V., la cual reclama la devolución de un crédito fiscal declarado nulo por 59.2 millones de pesos, más actualizaciones e intereses que suman otros 58.7 millones.
El también director de Procedimientos Fiscales y Administrativos de Aliand Strategic Partner, César Mendoza, explicó que Gigante Verde, empresas de verduras y hortalizas en conserva, tenía un crédito fiscal de 59.2 millones de pesos, el cual pagaron y después impugnaron.
Al pasar por todas instancias jurisdiccionales, la empresa ganó contra el SAT, por lo que solicitan una devolución del pago de lo indebido junto con los intereses; sin embargo, el SAT solo devuelve el monto original, pero la empresa pelea el pago de actualizaciones e interese que generó el pago de lo indebido, pero la autoridad fiscal se niega a esto.
Este proyecto de amparo directo en revisión 3682/2021 se iba a discutir en mayo de 2025 con la antigua integración e la Corte, pero en esa ocasión se canceló su análisis. La ministra ponente era Margarita Ríos Farjat, quien proponía negar el amparo bajo el argumento que las devoluciones deben calcularse sobre el monto efectivamente pagado del crédito fiscal declarado nulo, pero sin incluir intereses.
Otro caso que se encuentra en listado es el de la Operadora de Centros Comerciales Opción S.A. de C.V., la cual también busca la devolución de impuestos pagados indebidamente incluyendo sus respectivos intereses. La cantidad asciende a 492.3 millones de pesos.
Este amparo directo en revisión 1505/2020 iba a ser revisado en junio de 2025 y estaba en manos del ministro Gutiérrez Ortiz Mena, quien planteaba que se pagaran 14 años de intereses con una tasa superior a las del mercado.
También se encuentra el de Risen Manufactura SA de CV, empresa que exige al SAT el pago de intereses sobre la devolución de un crédito fiscal declarado nulo. La cantidad asciende a 994 millones 675 mil pesos.
En la anterior Corte, el proyecto estaba en manos del ministro Juan Luis González Alcántara Carranca, pero con la nueva integración, la propuesta la presentará el ministro Giovanni Figueroa Mejía.
Otro caso que tienen y que tampoco resolverán este lunes 2 de marzo es con Comercializadora de frecuencias satelitales, sociedad de responsabilidad limitada de capital variable, conocida comercialmente como Dish.
La empresa presentó un amparo directo en revisión 6710/2024 contra el SAT por la imposición de un crédito fiscal por concepto de Impuesto al Valor Agregado (IVA) omitido actualizado, así como los recargos y multas por 223.4 millones de pesos.
La empresa argumentó la inconstitucionalidad del segundo párrafo del artículo 1-A, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, ya que, dice la empresa, viola el principio de equidad tributaria, pues señala que este exenta de retener el impuesto a quienes se dedican solo a la importación de bienes y excluyen de ese beneficio al resto de los contribuyentes.