Esto derivó de un recurso de revisión que presentó la Fiscalía General de la República (FGR) en contra de una sentencia del 11 de junio de la Primera Sala de la Corte, en la que se ordenó la libertad de Juana Hilda González Lomelí, quien había sido relacionada con el secuestro de Hugo Alberto Wallace.
En este recurso de revisión, el Ministerio Público pidió revocar la resolución de la Primera Sala y que la Corte emitiera una nueva sentencia. Sin embargo, los ministros señalaron que esto no procede.
“Cabe precisar que las Salas no eran órganos jerárquicamente inferiores al Pleno, sino órganos funcionales de la SCJN. Permitir la revisión por el Pleno de las decisiones de las Salas implicaría admitir la existencia de una instancia superior dentro de un órgano que es, constitucionalmente, indivisible”, dijo la ministra Lenia Batres.
Además, el Pleno de la Corte sostuvo que la Constitución Política Federal y la Ley de Amparo solo permiten la revisión de sentencias de amparo directo dictadas por tribunales colegiados, pero no por la propia SCJN.
Sin embargo, los ministros expresaron su inconformidad con el párrafo 52 del proyecto, donde la ministra ponente señaló que la propuesta que presentaba no prejuzga sobre el criterio que la nueva integración de la SCJN pudiera adoptar en torno a la figura de la cosa juzgada fraudulenta, por lo que seis ministros pidieron que se retirará este párrafo. Lenia Batres se opuso.
“No estoy de acuerdo con el contenido del párrafo 52, dado que dicha argumentación no tiene relación con el fondo de la consulta planteada y por lo tanto solicito que sea retirado del proyecto'', dijo la ministra María Estela Ríos González.
La ministra Yasmin Esquivel mencionó que las decisiones que toma la SCJN no deben representar una visión individual y enfatizó que este párrafo es “innecesario” para resolver la consulta a trámite.
“Las decisiones que aquí se toman no representan ni deben representar la voluntad individual de una persona que presenta el proyecto o la propuesta de una de las personas”, dijo.
El ministro presidente Hugo Aguilar comentó que no es "oportuno" ni abona al tema este párrafo, ya que dijo que es otro debate.
"Lo que esta sobre la mesa es la consulta si procede el recurso de revisión que pone en duda la cosa juzgada", enfatizó.
Al final se impuso Lenia Batres, pues el párrafo 52 no se retiró del proyecto, por lo que queda pendiente la cosa juzgada fraudulenta.