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Tribunal perdona multas a ministros y magistrados por acordeones

Quedó limpio de multas, al menos por acordeones, el virtual nuevo magistrado presidente Gilberto De Guzmán Bátiz García.
jue 30 octubre 2025 09:54 PM
La Sala Superior del TEPJF exonera de multas a candidatos de acordeón judicial
La Sala Superior del TEPJF exonera de multas a candidatos de acordeón judicial (Foto: TEPJF)

Con votación dividida, y la excusa de dos magistrados, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial (TEPJF) cerró el caso de los acordeones, al revocar las sanciones que se había impuesto a candidatos a juzgadores que figuraron en esas “guías”.

Las multas revocadas sólo por acordeones rondarían los 6.3 millones de pesos que el Instituto Nacional Electoral (INE) había impuesto a 137 aspirantes a juzgadores; entre los exonerados están nueve actuales ministros, además de dos magistrados electorales.

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En larga sesión del TEPJF de casi seis horas, los magistrados resolvieron unos 400 asuntos; los relativos a acordeones por mayoría de tres votos y dos en contra.

Debido a que estaban señalados como responsables se excusaron de resolver los casos los magistrados Claudia Valle y Gilberto De Guzmán Bátiz García, éste último asumirá este viernes como presidente del TEPJF y estaba señalado de violar las leyes electorales.

La decisión más relevante del TEPJF fue revocar el acuerdo emitido por el INE el 28 de julio para resolver un Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS) con multas para quienes aparecieron en los acordeones, por el beneficio obtenido al figurar en ellos.

Al invalidarse ese acuerdo quedaron exonerados, entre 137 excandidatos, nueve ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), los dos magistrados electorales y cinco magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ), quienes desde ese órgano deberían velar por la ética y respeto a la legalidad en el Poder Judicial.

El INE los había multado a todos porque si bien no detectó el origen de los recursos con que se financiaron los acordeones y su distribución, al figurar en ellos obtuvieron un beneficio indebido, aunque se hayan deslindado.

Entre los que habían sido multados y ahora quedaron exentos de sanción, al menos por el caso de los acordeones, figura el ministro presidente de la SCJN, Hugo Aguilar, al que se perdonó el pago de 39, 712 pesos.

Las ministras Yasmín Esquivel tenÍa multa por 95, 409 pesos (sólo por este caso de acordeones), Lenia Batres por 44, 690 pesos y Loretta Ortiz la mayor multa, por 127, 508 pesos.

La variación de las sanciones obedeció a que el INE valora la capacidad económica de los sancionados.

Sólo entre los que ocupan la cúpula judicial: SCJN: TDJ, Órgano de Administración Judicial y TEPJF sumaban 6.1 millones de pesos en sanciones.

Los tres magistrados que con su voto eximieron de responsabilidad y sanción a los exbanderados y una parte de ellos ahora juzgadores fueron la aún magistrada presidenta Mónica Soto - quien así se despidió del cargo, pues deja la presidencia hoy- Felipe de la Mata Pizaña y Felipe Alfredo Fuentes Barrera.

Votaron en contra la magistrada Janine Otálora y el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón.

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Otálora, quien hoy acabó su periodo de nueve años en el cargo, también se despidió pero con la propuesta de regresar los casos al INE a fin de que se hiciera una investigación exhaustiva hasta dar con los responsables de financiar y distribuir los acordeones, ya que los impugnantes denunciaron falta de exhaustividad.

Esto sentaría criterios para 2027, dijo, pero su propuesta fue rechazada.

“Se está hablando, en efecto, de un actuar sistémico y generalizado, que presuntamente benefició a diversas personas candidatas, tanto en el ámbito federal como local”.

“El INE debe investigar de manera integral y exhaustiva, los hechos que se denunciaron. Y aquí destaco que las personas recurrentes también aportaron elementos de prueba. Para ser una democracia cabal, debemos ejercerla plenamente”, explicó Otálora.

Reyes aseguró que sí “abonaría a la elección judicial, en fin, a la democracia y a la integridad electoral que se siguieran esas investigaciones en cualquier materia, ya sea en la fiscalización o en la sancionatoria”.

Pero dividió los asuntos de acordeones y fiscalización y expuso que para él si se configura la responsabilidad indirecta en la mayoría de las candidatura que aparecieron en las listas.

“Primero, porque en la propaganda aparecieron sus nombres, cargos, números y colores de boleta. Segundo, porque existieron indicios suficientes de conocimiento sobre la existencia de los materiales.

“Y tercero, porque los deslindes presentados, aunque formalmente válidos, resultaron jurídicamente ineficaces, ya que el beneficio derivado de la propaganda no podía rechazarse, ni revertirse. En consecuencia, se concluye que las candidaturas obtuvieron un beneficio indebido consistente en el posicionamiento que generó la difusión de su nombre, número y color de boleta frente al electorado, así como la solicitud de voto en su favor”.

Sin embargo los tres magistrados restantes hicieron mayoría.

Fuentes Barrera expuso “la deficiencia probatoria fue estructural. No se acreditaron, repito, la autoría, ni el financiamiento a los materiales, tampoco el beneficio ni el conocimiento efectivo de las candidaturas y los deslindes presentados, que fueron oportunos y eficaces”.

A su juicio, “sancionar en esas condiciones equivale a imponer responsabilidad sin prueba, y a sustituir la certeza por conjeturas, lo que vulnera los principios de legalidad y presunción de inocencia. Por eso, la única consecuencia compatible con el estado de derecho es la revocación lisa y llana de las resoluciones impugnadas”, planteó.

“No bastan las ganas de querer ir por más, de querer investigar más o de querer demostrar”, advirtió la presidenta Soto.

“La mera existencia de propaganda física y digital con diversos perfiles es insuficiente para acreditar su territorialidad, así como su distribución y difusión efectiva en el área geográfica que abarcó la elección, porque sólo se probó la existencia de 336 acordeones físicos de 10 modelos diferentes. Mientras que, de la propaganda digital únicamente se acreditó la existencia de tres sitios web”.

Aseguró que solo se comprobaron acordeones no usados y jamás vieron acordeones que se hayan usado.

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