¿Qué es la CURP biométrica?
La CURP biométrica constituye una versión renovada de la clave alfanumérica de 18 caracteres que identifica a cada persona en el Registro Nacional de Población. Además de los datos ya contemplados —nombre, apellidos, fecha de nacimiento, sexo o género, lugar de nacimiento y nacionalidad—, la reforma agrega huellas dactilares y fotografía. El documento estará disponible en formato físico y digital.
Bajo la Plataforma Única de Identidad (PUI) se concentrará la consulta y validación de registros. Coordinada por la Secretaría de Gobernación (SEGOB) junto con la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, esta herramienta permitirá el cruce de información y la interoperabilidad entre dependencias.
El propósito central es consolidar los datos de identificación para fortalecer procesos administrativos y de seguridad. El marco legal vincula además la CURP biométrica con tareas de búsqueda y localización de personas desaparecidas, al integrarse en una base interoperable consultable por autoridades competentes.
La captura de huellas y fotografía solo podrá realizarse con consentimiento del titular, lo que garantiza que la incorporación de biométricos respete principios legales en materia de protección de datos.
¿Es obligatorio el trámite?
De acuerdo con la Ley General de Población, la CURP funciona como identificador esencial en trámites dentro del país. El apartado que incorpora elementos biométricos aclara que solo podrán integrarse con la autorización expresa de cada persona titular.
Durante julio de 2025, la secretaria de Gobernación, Rosa Icela Rodríguez, puntualizó que el nuevo formato de CURP biométrica no se impondrá de manera forzosa a la población. Lo que sí será obligatorio es que dependencias públicas y organismos privados acepten el documento cuando alguien lo presente.
Según la funcionaria, la estrategia de incorporación de fotografía y huellas se llevará a cabo bajo un esquema gradual. El proceso se implementará con el compromiso de que el uso del documento sea seguro, confiable y disponible para quienes decidan tramitarlo.
¿Cuándo inicia la CURP biométrica y cuáles son sus fechas clave?
Según el decreto publicado en el DOF el 16 de julio de 2025, la entrada en vigor ocurrió el 17 de julio de 2025. A partir de esa fecha corren plazos de implementación para distintas obligaciones:
Plazo de 90 días naturales (vence el 14 de octubre de 2025):
- Desarrollo de la Plataforma Única de Identidad por parte de SEGOB con apoyo de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.
- Habilitación de mecanismos de transferencia de datos entre autoridades de los tres órdenes de gobierno para alimentar la plataforma.
- Adopción de la CURP como requisito en trámites y servicios a cargo de entes públicos y privados, conforme al Artículo 91 Sexies.
Plazo de 120 días naturales (vence el 13 de noviembre de 2025):
- Establecimiento del Programa de Integración de Datos Biométricos de Menores, a cargo de SEGOB, para registrar huellas dactilares y fotografía de niñas, niños y adolescentes.