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El INE anula más de 800 casillas de la elección judicial por irregularidades

De acuerdo con el consejero Arturo Castillo Loza, en al menos 818 casillas se presentaron una o más irregularidades.
dom 15 junio 2025 06:40 PM
ine-casillas
Guadalupe Taddei Zavala durante la sesión de este domingo 15 de junio.

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) excluyó del cómputo final de la primera elección judicial los votos en 818 casillas por registrar irregularidades, como la inducción al voto mediante acordeones.

El consejero Arturo Castillo Loza mencionó que la elección judicial trajo "prácticas antidemocráticas" que se creían “desterradas” del sistema electoral, pues en 818 casillas se acreditó una o más irregularidades:

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  • Participación de 100% o más de los electores
  • Boletas no extraídas de las urnas
  • Casos de candidatura que obtuvieron 100% de los votos en casillas y lista nominal
  • Tiempo de votación superiores al periodo de recepción de voto
  • Inducción al voto mediante acordeones

“Si bien estos casos representan un porcentaje relativamente bajo del total de casillas instaladas, apenas el 0.97%, se trata de conductas y circunstancias sumamente graves, que vulneran directamente la certeza que los votos emitidos en esas casillas”, dijo.

Ante ello, propuso no declarar la validez de la elección. Explicó que esto no implica que esta sea invalidada, sino que existe un cúmulo de indicios que documenta posibles irregularidades graves: “Desde mi perspectiva generan una duda razonable sobre su validez”.

Enfatizó que por ello es “inviable” sumar estos votos al cómputo final. Además, comentó que esta elección tiene varios factores, como la complejidad de las boletas electorales y la falta de recursos, los cuales, agregó, afectaron la participación de los ciudadanos en la primera elección judicial.

"Fue la elección posible y no la elección perfecta. La cantidad y novedad de cargos a elegir, la complejidad de boletas y número reducido de casillas probablemente afectaron la participación ciudadana. También la falta de recursos para acelerar el computo e implementar conteros rápidos o un programa de resultados preliminares abonó a la incertidumbre y una legislación incompleta y restrictiva que no previó mecanismos de revisión y vigilancia efectivas sentó las bases para múltiples especulaciones”, mencionó.

El consejero Uuc-Kib Espadas dijo que los acordeones no determinaron a los integrantes del Poder Judicial:

“Esos acordeones fueron una influencia indebida en la elección, pero de ninguna manera colman el requisito establecido por el Tribunal Electoral para considerar que esta elección está viciada de manera generalizada y mucho menos que esto fue determinante para definir a los ganadores”, expreso el consejero.

Hay seis tipos de votos en casillas que no se contabilizaron en el cómputo final:

  • Votos de 11 casillas seccionales con una participación ciudadana igual o superior al 100% de su listado nominal, sin justificación alguna de registro de dicha participación. Estos casos se registraron en Michoacán, Chiapas y Guerrero.
  • Votos de tres Casillas con una participación ciudadana igual o superior al 100% de su listado nominal con justificación de resultados. Esto se dio en Guerrero, Michoacán y Sinaloa.
  • Votos de casillas seccionales donde se identificaron “boletas sin dobleces” o signos de que se hubieran ingresado a las urnas.
  • Votos de casillas seccionales donde se emitió un voto único a candidatura con diversas agravantes conocidas como “Casillas Zapato”.
  • Votos de casillas seccionales con incidentes no resueltos registrados en el SIJE que, de haberse advertido la presencia de personas empleando “acordeones”, su disuasión para cesar esa conducta no haya sido eficaz.
  • Votos de casillas seccionales con participación superior al 50% y en cuya votación se presuma la imposibilidad temporal de dicha participación.

“Ante este estado de cosas, como ya se ha referido en párrafos precedentes, este instituto dispone enfáticamente la inviabilidad de sumar al cómputo nacional los sufragios que están contenidos en los supuestos antes señalados”, menciona el proyecto avalado.

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Candidatoscumplieron la 8 de 8

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó que ninguno de los candidatos al Poder Judicial incumplió con la “8 de 8 contra la violencia”; es decir, que haya cometido violencia de género.

En el proyecto aprobado se menciona que recibieron información de la ciudadanía y organizaciones sociales contra 27 candidatos, a quienes señalaron de delitos sexuales, como deudores alimentarios, de violencia política en contra de las mujeres y de violencia familiar.

Sin embargo, el organismo electoral administrativo mencionó que analizaron la información y se constató que estas personas no se encuentran en lo establecido en el artículo 38 de la Constitución.

Es decir, no tienen sus derechos de ciudadanos suspendidos para ocupar un cargo público, ya que no son prófugos de la justicia, tampoco tiene sentencia ejecutoria ni tienen sentencia firme por la comisión de delitos contra la vida y la integridad corporal ni por violencia familiar ni violencia política contra las mujeres por razón de género.

“Se logró garantizar que las personas que buscaron a ocupar cargos públicos se conduzcan con integridad y no tengan sentencias firmes por delitos relacionados con violencia de género contra las mujeres, como los relacionados con la intimidad sexual, violencia política contra las mujeres en razón de género en todas sus modalidades y tipos, no sean personas deudoras alimentarias morosas, no estén prófugas de la justicia ni se le hayan suspendido sus derechos político-electorales”, se menciona en el documento.

La consejera Dania Ravel comentó que el INE revisó las 27 candidaturas sobre las cuales se recibieron señalamientos, de los cuales, en algunos casos, dijo, “no se arrojaron hallazgos concluyentes” y en otros los denunciantes no entregaron información necesaria para corroborar los dichos.

“La determinación que se adopta toma en consideración las pruebas y documentación con la que se contó para emitir la dictaminarían correspondientes, dado que la falta de respuesta de las autoridades competentes impidió, en algunos casos, obtener la documentación que pudiera confirmar o descartar el supuesto impedimento constitucional y legal (para ocupar el cargo público)”, mencionó la consejera.

Explicó que, aunque hicieron requerimientos a las autoridades penitenciarias, judiciales, fiscales, estatales, el Consejo de la Judicatura y registros estatales de deudores alimentarios no entregaron información, lo que impidió al INE “realizar un análisis más exhaustivo” para determinar el cumplimento de la 8 de 8.

La consejera Carla Humphrey pidió cancelar la candidatura de tres personas que son virtualmente ganadores: Jaime Bladimir Ángel Cisneros de la Cruz, candidato a magistrado de Nuevo León en materia administrativa, quien es señalado de acosar estudiantes durante sus actividades como docente en la Universidad Autónomo de Nuevo León.

Sergio Díaz Rendón, candidato para magistrado de Sala Regional en Monterrey, quien es señalado de deudor alimentario moroso.

También está Genaro Antonio Valerio Pinillos, quien es candidato para magistrado en materia Civil y del Trabajo en Sonora, quien es señalado por acoso laboral y hostigamiento sexual y abuso de poder en distintos juzgados donde ha trabajado.

“Estamos sometiendo a las víctimas a un estándar sumamente regidor y difícil de alcanzar de conductas que perfectamente encuadran en la medida 8 de 8. Me parece que no, esta autoridad debe tomar con seriedad los antecedentes señalados de una persona que estando en funciones jurisdiccionales se atreve a violentar a las mujeres”, mencionó la consejera Humphrey.

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