Las restricciones que marcan la diferencia son que los partidos políticos no deben intervenir ni a favor ni en contra de ninguna candidatura, y que ningún abanderado tiene permitido recibir recursos públicos o privados y sólo pueden destinar dinero propio, pero con límites.
Además, les está prohibido contratar publicidad en cualquier medio, ya sea en radio, televisión, prensa, redes sociales, espectaculares, volantes, mantas, equipamiento urbano o camiones, entre otros.
La única propaganda que pueden tener es la impresa en material biodegradable, o bien, la difusión de sus perfiles y propuestas en internet, pero sin contratar mecanismos para potenciar sus redes sociales (sean campañas de marketing o vía influencers).
También les aplican restricciones que ya son comunes para candidatos en elecciones ordinarias, como pagar encuestas o la difusión de estas, entregar dádivas, coaccionar el voto o difundir propaganda calumniosa contra otros contendientes.
Del 30 de marzo al 28 de mayo habrá 3,423 candidatos en pleno activismo: a ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ); a Sala Superior o a Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), a magistrados de circuito y jueces de distrito.
Adicionalmente, iniciaron campaña 504 abanderados a cargos judiciales locales en Colima, Chihuahua y Tamaulipas. En otras 16 entidades, las personas candidatas a juzgadoras locales aún no inician proselitismo, pues tendrán campañas más cortas y con plazos diferenciados, desde 10, 30 y 45 días.
En conjunto, en las 19 entidades que tendrán elección judicial local se elegirá a 1,788 personas juzgadoras locales (365 magistrados y 1,423 jueces). Sumados a los 881 cargos de las elecciones a cargos federales, por circunscripción o por circuito judicial, se tiene un total de 2,669 cargos en todo el país.
La Reforma Judicial fijó reglas generales para las campañas que son aplicables para todos los procesos de elección de juzgadores. Con base en sus facultades reglamentarias, el Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó los lineamientos correspondientes.
Lo que pueden hacer
Entre las actividades permitidas a los candidatos están difundir su trayectoria profesional, méritos y "visión" acerca de la función jurisdiccional.