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Tribunal ordena a Comités incorporar a aspirantes excluidos a cargos judiciales

Se acreditó que los aspirantes sí presentaron la documentación necesaria para ser considerados aspirantes elegibles en la elección del 1 de junio.
mié 08 enero 2025 04:30 PM
Sesión Ordinaria TEPJF-7
Los magistrados dieron razón a los quejosos, quienes se quedaron fuera en la primera etapa de selección para la elección judicial.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a los Comités del Poder Ejecutivo y Legislativo incluir a 18 aspirantes que indebidamente no fueron considerados como elegibles para la elección de cargos judiciales.

Además ordenó que para el caso de 48 impugnantes más, los Comités de Evaluación de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial emitan una resolución fundada y motivada en la que consten las razones y fundamentos jurídicos que fueron considerados para no incluir a los quejosos.

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En sesión pública los magistrados dieron la razón a los quejosos, en el primer caso, en el que se acreditó que los aspirantes sí presentaron la documentación necesaria para ser considerados aspirantes elegibles en la elección del 1 de junio para renovar cargos de jueces, magistrados y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

En los demás 48 juicios ciudadanos se determinó que son los Comités los que deben explicar por qué los documentos presentados no fueron considerados válidos.

Entre las personas que por orden del TEPJF deberán ser incluidos están los aspirantes Mauricio Tapia Maltos y Arturo García Jiménez, ambos habían sido borrados por el Comité de Evaluación del Poder Legislativo.

Habían sido incorrectamente eliminados de la lista de elegibles del Comité del Poder Ejecutivo: Víctor Manuel Nava Casarrubias, Armando Espinosa de los Monteros Basurto, Verónica Elizabeth Ucaranza Sánchez, Jorge Jannu Lizárraga Delgado, Pedro Barboza Gómez, Abraham Isaac Sudias Castellanos y Andres Cortes Bores, entre otros.

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Niega el TEPJF acciones afirmativas

Los magistrados analizaron hoy 124 juicios promovidos por personas interesadas en la elección judicial.

Destaca entre los casos tres juicios promovidos por los ciudadanos Luis Arnulfo Martínez Caudillo y Alex Alí Méndez Díaz, quienes reclamó en sendos juicios ciudadanos, la omisión de las Convocatorias a le elección judicial emitidas por los Poderes Ejecutivo y Judicial en incluir acciones afirmativas (como la discapacidad o la diversidad sexual) para acceder a cargos judiciales.

No obstante que el TEPJF ha sido, junto con el Instituto Nacional Electoral (INE) pionero en la materia, por mayoría de los magistrados y con el voto en contra de la magistrada Janine M Otálora, la Sala Superior negó la razón al quejoso y determinó que no había obligación a establecer tal apertura.

Otálora convino en que si bien eso debió impugnarse desde la convocatoria, y aunque la Constitución no establece expresamente que deben existir tales acciones afirmativas, sí deben incluirse.

“Estimo que el Comité sí tiene un deber de prever acciones afirmativas en la convocatoria y ha sido omiso en hacerlo, por lo que debería ordenarse al Comité del Ejecutivo que modifique su convocatoria. Y esto no solo sería aplicable para las personas que pertenecen a la población de la diversidad sexual y de género, sino también para todos los integrantes a otros grupos de atención prioritaria”, dijo la magistrada.

Recordó que en el TEPJF se ha establecido una línea jurisprudencial muy sólida “en la que, basada en un enfoque de derechos y con el claro objetivo de poder integrar a estos grupos al sistema democrático, ha procurado contribuir a la construcción de un régimen electoral inclusivo en el que el que ninguna dimensión de discriminación tenga lugar”.

Han sido las sentencias del Tribunal las que han fijado criterios para garantizar el acceso y los derechos de las personas con discapacidades, paridad y violencia política de género, hasta derechos de personas mexicanas residentes en el extranjero, personas afromexicanas, explicó la magistrada.

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