La consejera Dania Ravel Cuevas, presidenta de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE, recordó que la ley establece que en enero del año siguiente al de la elección de la Presidencia de la República - es decir en este caso en enero de 2025- las organizaciones de la ciudadanía que pretendan constituirse como partido político nacional deben comunicarlo al INE.
El plazo será del 8 al 31 de enero próximos y “con esa comunicación se detonan todos los procedimientos que tienen que seguir para poderse constituir como un partido político nacional”, expuso.
Tras el proceso, que durará de enero de 2025 hasta mayo de 2026 en que el Consejo General emita su resolución, en caso de que se conceda el registro a nuevos partidos, éstos podrán participar por primera vez en una elección, pero sin posibilidad de alianza o coalición, en junio de 2027.
Fiscalización y afiliaciones
El instructivo recuerda que, conforme a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe) el número de afiliados para constituirse en partido debe ser el 0.26% del Padrón Electoral, utilizado en la elección federal anterior, es decir la del 2 de junio pasado.
El padrón electoral utilizado en la elección previa fue de 98,472,789 de ciudadano, por lo que el 0.26% equivale a 256,030 personas.
Entre los requisitos que deberán cubrir las organizaciones interesadas en constituirse en partidos nacionales están; constituirse en asociación civil, y la apertura de una cuenta bancaria, esto como medida que permita la fiscalización y la transparencia.
Las afiliaciones se podrán recabar en las Asambleas Distritales o Estatales –que deberán ser notificadas al INE para ser verificadas- pero también vía una aplicación electrónica para celulares y tabletas.
Sólo en 204 municipios se podrán recabar afiliaciones en papel con todos los requisitos (credencial de elector, manifestación de voluntad de afiliarse) lo que se conoce como “régimen de excepción”, esto con el fin de que el mayor volumen sea vía electrónica y se pueda verificar que no haya duplicidades, que la persona exista, que no haya fallecidos, que tengan derechos políticos vigentes, etcétera.
La aplicación móvil que se utilizará para recabar los datos de la ciudadanía que pretenda afiliarse fue desarrollada por el INE, es compatible con dispositivos móviles (teléfonos inteligentes de gama media y alta y tabletas) que funcionen con los sistemas operativos iOS 12.0 y Android 9.0 en adelante.
Deberán capturarse datos generales y las imágenes del anverso y reverso del original de la credencial para votar emitida por este Instituto, la fotografía viva (es decir la persona deberá fotografiarse en vivo, no de un documento) y la firma de la persona que se afilia como elementos mínimos.
Además habrá un periodo para confrontar datos, validar afiliaciones y acreditar avances.
La consejera Carla Humphrey propuso ampliar el régimen de excepción, pues la accesibilidad a internet no es sólo en los 204 municipios clasificados como de muy alta marginación, sino en los 586 de alta marginación, sin embargo eso fue rechazado.
Eso conllevaría, explicó la consejera Ravel a un aumento de 250% en los ayuntamientos con excepción ye impactaría en mayor margen de error en la revisión e implica a la necesidad de contratar a mas personal, en un escenario de falta de presupuesto.