Durante la sesión, realizada la tarde de este lunes, el pleno del Tribunal Electoral resolvió que ninguna autoridad, poder u órgano del Estado puede suspender, limitar, condicionar o restringir las actividades relativas al proceso electoral extraordinario para la elección de cargos del Poder Judicial de la Federación, por lo que deben continuar las etapas en curso.
Los magistrados resolvieron así consultas planteadas por el Senado y el Instituto Nacional Electoral (INE) acerca de 140 suspensiones emitidas por juzgados federales para frenar el proceso electoral.
Un tercer recurso fue promovido por la consejera del INE, Rita Bell, quien pidió al TEPJF se le garantice el pleno ejercicio de la función electoral como integrante del órgano superior de dirección del referido órgano autónomo. Sin embargo, los magistrados desecharon esa petición pues es la consejera presidenta, Guadalupe Taddei, quien ostenta la representación legal del INE.
La resolución fue avalada con los votos de tres magistrados: Soto Fregoso, Felipe Alfredo Fuentes –ponente- y Felipe de la Mata. Votaron en contra de los magistrados Janine Otálora y Reyes Rodríguez Mondragón.
El argumento central fue que la Constitución establece que no existe recurso legal alguno que pueda suspender una elección, pues se da prioridad a las garantías de certeza y legalidad.
Pero además, coincidieron Fuentes y de la Mata, se aprobó una reforma de supremacía constitucional con la cual los órganos jurisdiccionales están impedidos para revisar reformas constitucionales.
"Resulta inviable que, por la vía de acción suspensiva o cautelar, se pretenda, a partir de impugnaciones que resultan improcedentes suspender el proceso de elección previsto constitucionalmente, cuyas etapas se encuentran estrictamente entrelazadas y cuya finalidad y objetivos se verían seriamente frustrados", sostuvo De la Mata.
La magistrada Otálora aseguró que el TEPJF no es un órgano competente para resolver asuntos que están por la vía de amparos.
Por eso, insistió en que se pospusiera la resolución hasta que la SCJN se pronuncie sobre la consulta competencial planteada por tribunales colegiados de circuito y admitida por la Corte el 14 de octubre.
Reyes Rodríguez advirtió que esta decisión está extralimitando la competencia de la Sala Superior, al conocer de manera directa o indirecta sobre las suspensiones de amparo, lo que equivale dijo, a validar o invalidar los efectos de resoluciones de juzgado de distrito.
Incluso, aseguró que el TEPJF contribuirá a la incertidumbre que vive el proceso de reforma judicial.
“Involucrar al pleno en ese proceso es particularmente grave porque implica no atender la división competencial dentro del sistema legal mexicano, extralimita nuestra competencia y abona a la incertidumbre judicial”, alertó el magistrado.