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El Tribunal Electoral prevé dar "luz verde" a la elección judicial

El Tribunal Electoral publicó el proyecto del magistrado Felipe Fuentes Barrera, donde se señala que es inviable suspender el procedimiento electoral judicial.
dom 17 noviembre 2024 11:58 AM
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Imagen ilustrativa. Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) prevé dar “luz verde” para que el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Senado continúen con el proceso de elección de juzgadores en junio de 2025.

Según el proyecto de resolución, a cargo del magistrado Felipe Fuentes Barrera, es inviable suspender el procedimiento electoral para elegir a los 881 jueces, ministros y magistrados.

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“Es constitucionalmente inviable suspender la realización del procedimiento electoral de personas juzgadoras o de alguna de las etapas a cargo del Senado de la República, el Instituto Nacional Electoral y de todas las autoridades competentes que participen en su organización y preparación", se menciona en el proyecto.

Además, Fuentes Barrera propone que ninguna autoridad, poder u órgano del Estado pueda suspender, limitar, condicionar o restringir las actividades relativas al proceso electoral extraordinario para la elección de cargos del Poder Judicial de la Federación.

Este proyecto será discutido y votado por los magistrados de la Sala Superior en los siguientes días.

Esto se plantea después de que el presidente del Senado, Gerardo Fernández Noroña, y el INE presentaron demandas, por separado, en las que solicitaron al Tribunal Electoral emitir un pronunciamiento para garantizar las acciones relacionadas al proceso, ante las múltiples suspensiones provisionales que emitieron jueces de distrito para detener la elección.

Entre los argumentos del magistrado Felipe Fuentes destaca la reforma de “supremacía constitucional” recién aprobada por Morena, pues el juzgador recuerda que el artículo 107 constitucional se menciona que no es procedente el amparo en controversias de carácter electoral.

“Esta circunstancia es acorde con la excepción establecida en el artículo 107 constitucional, en cuanto al hecho de que no es procedente el amparo en controversias de carácter electoral, pues esta materia tiene una regulación y relevancia estatal que impone la necesidad de proteger, en todo momento, el derecho de elegir a las autoridades y participar de manera democrática en los procedimientos de elección, circunstancias que la norma reconoce al imposibilitar detener sus efectos mediante juicios dirigidos a suspender en control directo los actos de autoridad”.

Además, enfatiza que se debe garantizar los derechos político-electorales y que estos no pueden ser suspendidos conforme a lo previsto en el artículo 29 de la Constitución.

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Mientras tanto, el INE informó que el organismo retomará la organización de la elección de integrantes del Poder Judicial, el miércoles 20 de noviembre.

“Si no resuelve (la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de todos modos tenemos un acuerdo, porque en la historia electoral de este país jamás, nunca, se ha suspendido un proceso electoral por absolutamente nada”, se advirtió desde el instituto.

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