“Es constitucionalmente inviable suspender la realización del procedimiento electoral de personas juzgadoras o de alguna de las etapas a cargo del Senado de la República, el Instituto Nacional Electoral y de todas las autoridades competentes que participen en su organización y preparación", se menciona en el proyecto.
Además, Fuentes Barrera propone que ninguna autoridad, poder u órgano del Estado pueda suspender, limitar, condicionar o restringir las actividades relativas al proceso electoral extraordinario para la elección de cargos del Poder Judicial de la Federación.
Este proyecto será discutido y votado por los magistrados de la Sala Superior en los siguientes días.
Esto se plantea después de que el presidente del Senado, Gerardo Fernández Noroña, y el INE presentaron demandas, por separado, en las que solicitaron al Tribunal Electoral emitir un pronunciamiento para garantizar las acciones relacionadas al proceso, ante las múltiples suspensiones provisionales que emitieron jueces de distrito para detener la elección.
Entre los argumentos del magistrado Felipe Fuentes destaca la reforma de “supremacía constitucional” recién aprobada por Morena, pues el juzgador recuerda que el artículo 107 constitucional se menciona que no es procedente el amparo en controversias de carácter electoral.
“Esta circunstancia es acorde con la excepción establecida en el artículo 107 constitucional, en cuanto al hecho de que no es procedente el amparo en controversias de carácter electoral, pues esta materia tiene una regulación y relevancia estatal que impone la necesidad de proteger, en todo momento, el derecho de elegir a las autoridades y participar de manera democrática en los procedimientos de elección, circunstancias que la norma reconoce al imposibilitar detener sus efectos mediante juicios dirigidos a suspender en control directo los actos de autoridad”.
Además, enfatiza que se debe garantizar los derechos político-electorales y que estos no pueden ser suspendidos conforme a lo previsto en el artículo 29 de la Constitución.