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Presidencia: SCJN será juez y parte si avala propuesta de Laynez contra “Plan B”

Este jueves se votará en la Suprema Corte la propuesta de Javier Laynez para dejar sin efectos la segunda parte del “Plan B” electoral impulsado por el Gobierno de México.
mié 21 junio 2023 07:19 PM
javier laynez
El ministro Laynez fue propuesto como ministro durante el sexenio de Peña Nieto.

El Gobierno de México señaló hoy que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se convertirá en juez y parte si acepta lo propuesto por el ministro Javier Laynez para anular la segunda mitad del llamado “Plan B” electoral.

La Consejería Jurídica de la presidencia de la República señaló que en su proyecto de sentencia, el ministro Laynez pretende incorporar “un hecho no invocado por la oposición para invalidar el ‘Plan B’ electoral, lo cual vulneraría el principio de imparcialidad que debe regir el actuar de todo órgano jurisdiccional, tal y como lo dispone expresamente el artículo 17 constitucional”.

Javier Laynez propone declarar inconstitucional la segunda parte del “Plan B” electoral aprobado por el partido Morena y sus aliados en el Congreso de la Unión, debido a múltiples violaciones al proceso legislativo establecido en los reglamentos.

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El Gobierno de México indicó que Laynez “propone declarar la invalidez total del decreto impugnado sin entrar a un verdadero estudio de fondo de las normas cuestionadas, lo cual retrasa injustificadamente la necesaria transformación del sistema electoral mexicano”.

De acuerdo con la Consejería Jurídica, el 8 de mayo, en sesión de la Suprema Corte, Laynez defendió la imposibilidad de exigir al Congreso de la Unión una fundamentación o motivación precisa para la dispensa del trámite ordinario.

“El ministro instructor refiere en su proyecto que hubo una confusión que impidió a los diputados de las minorías saber qué propuesta se estaba discutiendo. La confusión que atribuye el ministro Javier Laynez a la oposición es una apreciación personal que no debería formar parte del análisis de la constitucionalidad de las normas impugnadas”, argumentó la Consejería.

“Que los diputados de oposición no hayan puesto la debida atención a la publicación de la iniciativa y a la conducción de la Mesa Directiva a cargo del diputado Santiago Creel Miranda, no es razón suficiente para invalidar una ley aprobada por la mayoría del Congreso de la Unión”, agregó.

La Consejería dijo que el ministro Laynez Potisek convierte la decisión de los grupos parlamentarios minoritarios de no participar en el proceso deliberativo durante la aprobación de las reformas a las leyes electorales, en supuestas deficiencias del procedimiento legislativo para invalidar el decreto impugnado.

“En caso de aprobarse el proyecto del ministro instructor, la SCJN se estaría transformando en una simple oficina de verificación procedimental al servicio de las minorías parlamentarias, y renunciaría a su papel de revisor constitucional de las normas, ya que nuevamente se rehusaría a estudiar el fondo del asunto, lo que implicaría anular la voluntad de la mayoría de la población que otorgó un mandato constitucional al Poder Legislativo para transformar el actual régimen electoral en beneficio del pueblo de México”, concluyó.

Los partidos Movimiento Ciudadano, PAN, PRI, PRD, diputados y senadores de la oposición, además del Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), impugnaron el decreto publicado el pasado 2 de marzo de 2023, al estimar que hubo al menos siete vicios legislativos.

Se trata de un paquete de reformas impulsadas por el Ejecutivo federal a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a la Ley General de Partidos Políticos, a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Mediante esas reformas se buscaba, entre otros, restar facultades del Instituto Nacional Electoral (INE) en materia de capacitación, organización y fiscalización, además de reducir la plantilla de integrantes del Servicio Profesional Electoral Nacional (SPEN).

En esencia, el decreto modificó la estructura, la organización, los procedimientos y las facultades del INE, así como varios procedimientos y atribuciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

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