CorteIDH condena a México por caso Daniel García; ordena adecuar arraigo
Daniel García y Reyes Alpízar fueron acusados de haber asesinado en 2001 a la regidora de Atizapán, María de los Ángeles Tamés, por lo que estuvieron en prisión preventiva durante 17 años.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) encontró al Estado de México responsable por la violación de diversos derechos de Daniel García y Reyes Alpízar, a quienes a las autoridades judiciales enviaron a prisión preventiva oficiosa por 17 años, periodo en el que sufrieron torturas.
La CorteIDH determinó que México es responsable por violaciones a los derechos a la integridad personal, la libertad personal, las garantías judiciales, la igualdad ante la ley, la protección judicial, a ser oído, a la presunción de inocencia y al principio de plazo razonable.
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El presidente de la CorteIDH, Ricardo Pérez, notificó este miércoles la sentencia en un acto llevado a cabo por video conferencia y en el que estuvieron presentes los representantes de las víctimas y funcionarios del Estado.
"Para esta Corte es claro que la extensión por más de 17 años de la prisión preventiva significó en los hechos que se aplicara a los procesados una pena encubierta sin una condena, puesto que constituyó una medida punitiva sin previo juicio acompañado de sus garantías, y por un lapso que excede todo plazo razonable ya que este correspondió aproximativamente a la mitad de la pena que se impuso en la sentencia condenatoria", indica el fallo.
El caso Daniel García y Reyes Alpízar
Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortíz fueron acusados de haber asesinado en 2001 a la regidora de Atizapán, María de los Ángeles Tamés.
García y Alpízar permanecieron en prisión preventiva por 17 años, el tiempo más largo que alguien en México ha estado en la cárcel sin sentencia, hasta 2019, cuando quedaron bajo arresto domiciliario con el uso de brazaletes electrónicos. En 2022 fueron condenados a 35 años de cárcel, sentencia que está en apelación.
"Esta sentencia además de la oportunidad que supone para muchas otras personas en situaciones como la que pasamos, para nosotros, es importante porque limpia nuestros nombres", dijo Daniel García en conferencia de prensa.
"Decir que estuve 17 años en prisión, se dice rápido, fácil, son pocas letras, pero es toda una vida. No elegimos vivirla y nos tocó enfrentarla" - Daniel García (víctima del Estado Mexicano) en Conferencia de prensa.#NoMásPenaSinCulpa#PPO
El tribunal internacional también concluyó que Daniel García Rodríguez "fue sometido a malos tratos y torturas psicológicas por parte de las autoridades del Ministerio Público del Estado de México", situación que fue denunciada por el sospechoso, sin que los hechos fueran investigados.
"Los maltratos psicológicos que fueron descriptos por Daniel García son de una extrema severidad pues consistieron en amenazar y detener a sus familiares y seres queridos. Además, buscaban una finalidad precisa que consistió en obtener su confesión y firma de documentos implicando a otras personas", indicó la CorteIDH.
En cuanto a Reyes Alpízar, la CorteIDH determinó que el Estado no investigó con la debida diligencia las denuncias de tortura que presentó.
¿Qué ordenó la CorteIDH a México?
En su sentencia, la CorteIDH ordenó a México concluir los procesos penales, revisar la pertinencia de mantener medidas cautelares, y excluir del proceso los antecedentes incriminatorios obtenidos bajo coacción o tortura.
"El uso de la tortura como mecanismo para obtener confesiones o antecedentes incriminatorios del imputado o acusado no puede tener otra consecuencia que la exclusión de la prueba. De lo contrario, la prohibición de tortura quedaría vaciada de contenido, convirtiéndose en un derecho meramente formal sin ninguna consecuencia operativa", advierte la sentencia.
El Estado también está en la obligación de investigar y sancionar a los responsables de los actos de tortura.
#Sentencia del Caso García Rodríguez y otro Vs. México🇲🇽. El Estado es responsable por violar la libertad personal y la presunción de inocencia por la aplicación del arraigo y de la prisión preventiva oficiosa. 👩🏿💻 Más información aquí: https://t.co/GpgVF4DthY (👇🏿) pic.twitter.com/wb3fs81eqS
— Corte Interamericana de Derechos Humanos (@CorteIDH)
April 12, 2023
Además, México deberá adecuar a estándares internacionales su ordenamiento jurídico interno sobre la prisión preventiva oficiosa y el arraigo. La Secretaría de Relaciones Exteriores confirmó que el Estado mexicano deberá adecuar su marco normativo respecto a estas figuras para que su aplicación cumpla con las disposiciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
La Corte IDH estableció un plazo de un año para que el Estado informe sobre el cumplimiento de la sentencia.
"El Estado Mexicano analizará con atención los resolutivos de la sentencia emitida por el tribunal interamericano, con el objetivo de estar en condiciones de cumplir con sus disposiciones y asegurar el mayor respeto a las obligaciones contenidas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, conforme a los compromisos internacionales del Estado y sus procesos democráticos internos", aseguró la Cancillería en un comunicado.
Asimismo, la CorteIDH ordenó al Estado pagar indemnizaciones a ambas víctimas por concepto de daños materiales e inmateriales.