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"Plan B" busca recortar 84.6% de la estructura del Servicio Profesional del INE

El Consejo General alertó que las contrataciones temporales, no garantizarán la independencia, profesionalismo, solvencia técnica y compromiso de quienes se recluten de forma ocasional.
mar 24 enero 2023 07:23 PM
Consejeros del INE con los vocales estatales
Sesión de consejeros con vocales.

El llamado "Plan B" de la reforma electoral que busca la desaparición de las Juntas Ejecutivas Distritales y la afectación a la estructura de las Juntas Ejecutivas Locales implicará una reducción del Servicio Profesional Electoral Nacional (SPEN) equivalente al 84.6%, alertó el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE).

“En un primer análisis se identifica que, de las 2,571 plazas de cargos y puestos que conforman actualmente la estructura del SPEN del sistema INE, la reforma sólo contempla mantener 396, lo que significaría en conjunto que la disminución de la estructura sería del 84.6% respecto a la conformación actual”, destaca.

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De acuerdo al INE, esa situación representa no solo una violación a su autonomía, sino una franca afectación de los derechos laborales de personal que llegó a su cargo por concurso público, que es evaluado, formado y capacitado de forma permanente, a partir de lo cual desempeña su empleo en apego a los principios de independencia y autonomía.

Además, la reforma establece la fusión de diferentes áreas de oficinas centrales que agrupan actualmente 121 plazas del SPEN, lo cual requerirá una adecuación de la estructura.

“Implica también una disminución, significativa, de 1,564 integrantes del SPEN en órganos desconcentrados, debido a la eliminación de diversos cargos, sin embargo, debido a la falta de claridad e impresión de la misma, los escenarios de posibles recortes podrían aumentar”, añade el proyecto.

Advierte que la sustitución del personal profesional por contrataciones temporales, de gente que no se habrá sometido a estrictos procesos de selección como el concurso público para el ingreso al SPEN, no permitirá garantizar la independencia, profesionalismo, solvencia técnica y compromiso de quienes se recluten de forma ocasional.

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Aspectos presupuestales

Las modificaciones legales disponen que, en caso de subejercicios o economías, no podrán destinarse para nuevos proyectos.

“Esto atenta contra el principio Constitucional de autonomía del INE y haría imposible para el Instituto atender necesidades que surjan a lo largo del año, como las elecciones extraordinarias”, refiere el texto.

De igual forma, establece que la reforma impacta fuertemente las finanzas del INE, pues propone liquidar a miles de personas quienes por concepto de compensación por término de la relación laboral, tienen derecho legal a recibir tres meses de su remuneración y adicionalmente 20 días por cada año de servicio.

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Afectaciones al modelo de fiscalización electoral

El "Plan B" de AMLO también impactaría en la fiscalización que el INE realiza a partidos políticos y candidatos.

“La Unidad Técnica de Fiscalización (UTF) deviene, con la reforma, en Dirección Ejecutiva. Ello es contrario a la Constitución que establece que la UTF debe gozar de autonomía técnica, la cual perdería al convertirse en Dirección Ejecutiva”, resalta el Informe.

Y es que la propuesta de reforma establece que, en ningún caso, se pueden suspender derechos o prerrogativas político-electorales de la ciudadanía derivado de sanciones administrativas o judiciales distintas de las penales, lo cual modifica el artículo 229, párrafo 4 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE) y elimina la sanción relativa a la pérdida del registro de precandidatura o candidatura, en los casos en los que se omita presentar el informe de gastos, o se rebase el tope de estos.

Así, los partidos podrían establecer estrategias encaminadas a romper la equidad en la contienda mediante campañas costosas sin perder la postulación.

“Y sólo se deja la sanción económica establecida en la normatividad vigente, que consiste en un límite de 5 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), máxima sanción permitida, siempre y cuando la capacidad económica lo permita”.

Con ello, el INE únicamente podrá hacer la fiscalización de los procesos electorales y de participación o consulta ciudadana, así como actividades ordinarias del sistema de partidos políticos, en los que expresamente esté facultado, quitando de su ámbito de competencia la posibilidad de fiscalizar procesos como el de Revocación de Mandato u otros no previstos en la legislación.

Estructura de los Organismos Públicos Locales Electorales

El proyecto de decreto también considera modificaciones importantes en la estructura de los 32 Organismos Públicos Locales Electorales (OPLs) aun cuando la Constitución no confiere al Congreso de la Unión potestad alguna para regularlos orgánicamente, porque se trata, en todo caso, de desarrollo legislativo que la propia Carta Magna impone como deber a las constituciones y leyes electorales de cada Estado.

La reforma dispone que sólo contarán, a nivel central, con una estructura máxima dividida en dos áreas: Organización, Capacitación Electoral y Educación Cívica, y Administración, Prerrogativas y Asuntos Jurídicos, con lo cual se desconoce las particularidades locales de cada entidad.

Pero, no señala o determina en qué área ejecutiva recaerían las atribuciones sobre la organización o intervención en las elecciones por sistemas normativos internos (usos y costumbres), como es el caso de ocho entidades: Baja California; Chiapas; Guerrero; Hidalgo; Michoacán; Morelos; Oaxaca (417 municipios) y Tlaxcala.

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