De acuerdo a la convocatoria, el 3 de febrero el CTE enviaría a la Jucopo “un informe de aquellas personas aspirantes que hayan cumplido con los requisitos constitucionales y legales” y el 13 de marzo la lista “de los mejores evaluados”, pero sería hasta el 22 de marzo que el CTE, las cuatro quintetas con los 20 nombres de las personas propuestas.
El magistrado abundó que el artículo 41 constitucional establece que ese CTE es el órgano ad hoc para realizar un ejercicio autónomo de evaluación, primero de los requisitos, luego de las características y conocimientos de los postulantes, así como para analizar el perfil idóneo para cada cargo, de ahí que no tiene por qué informar a la Jucopo sobre sus resultados de evaluaciones previo a que remita las quintetas.
“Ni la Constitución ni la ley obligan al CTE a informar a la Jucopo de las distintas etapas. Solamente establece que tendrá que rendir o presentar la relación de cinco propuestas por cada cargo a elegir”.
Además recordó que están sujetos a elección dos cargos distintos, “uno es la presidencia del Consejo General y tres son consejerías integrantes del INE”. Por tanto se ordenó por unanimidad del TEPJF a la Cámara de Diputados modificar la convocatoria en todos los puntos ordenados.
De acuerdo al artículo sexto transitorio del Acuerdo de la Jucopo sobre la convocatoria al proceso de elección de consejeros del INE, lo no previsto “y cualquier modificación o interpretación necesaria para cumplir su objetivo, será resuelto por la Jucopo”, por lo que no será necesario que se convoque a periodo de sesiones extraordinarias de la Cámara para avalar las modificaciones con las que se acate la sentencia.