Con 10 votos a favor y uno en contra, los magistrados determinaron que el procedimiento se podrá llevar a cabo bajo el principio de buena fe cuando la víctima declare haber sufrido una violación bajo protesta de decir la verdad, sin que se tenga que probar que se trató de una agresión sexual.
“El personal de salud que participe en el procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo no estará obligado a verificar el dicho de la solicitante, entendiéndose su actuación, basada en el principio de buena fe”, en referencia al Artículo 5 de la Ley General de Víctimas, indica la NOM.
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El proyecto fue presentado por el ministro Luis María Aguilar y aplicará en todos los hospitales públicos en México.