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Suprema Corte avala el aborto a menores que fueron víctimas de abuso sexual

La Suprema Corte avaló que las niñas y adolescentes puedan acceder de forma voluntaria a la interrupción del embarazo sin requerir aval de sus padres o tutores.
mar 24 mayo 2022 03:49 PM
(Mujeres durante una protesta a favor de la legalización del aborto)
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló una Norma Oficial Mexicana (NOM) que permite el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo a menores de 12 a 17 años en casos de violación.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó con mayoría de votos la Norma Oficial Mexicana (NOM) que ordena a los hospitales públicos practicar abortos en casos de violación cuyas víctimas tengan entre 12 y 17 años de edad.

Esto sin que se requiera la autorización de sus padres ni una denuncia penal ante el Ministerio Público.

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Con 10 votos a favor y uno en contra, los magistrados determinaron que el procedimiento se podrá llevar a cabo bajo el principio de buena fe cuando la víctima declare haber sufrido una violación bajo protesta de decir la verdad, sin que se tenga que probar que se trató de una agresión sexual.

“El personal de salud que participe en el procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo no estará obligado a verificar el dicho de la solicitante, entendiéndose su actuación, basada en el principio de buena fe”, en referencia al Artículo 5 de la Ley General de Víctimas, indica la NOM.

El proyecto fue presentado por el ministro Luis María Aguilar y aplicará en todos los hospitales públicos en México.

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“Las agresiones sexuales corresponden a un delito que la víctima no suele denunciar por el estigma que conlleva, aunado a la naturaleza traumática, por lo que la interrupción del embarazo en casos de violación es una medida que tiende a acatar las obligaciones Constituciones y convencionales para casos violencia contra las mujeres, donde el principio de buena fe es indispensable para evitar la revictimización de las personas”, indicó el ministro promovente.

Con ello la interrupción del embarazo se podrá realizar sin la intervención de un Ministerio Público, sin embargo en los casos donde sea una víctima menor de 12 años aún se requerirá la autorización de los padres, madres o tutores de la niña.

“En caso de violación ninguna niña o adolescente debe ser obligada a ser madre ni por el Estado, ni por sus padres, madres o tutores. Cualquier obstáculo para obtener la interrupción del embarazo en estos supuestos supone una revictimización y una crueldad inimaginable”, dijo el ministro Arturo Zaldívar, presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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