“Las agresiones sexuales corresponden a un delito que la víctima no suele denunciar por el estigma que conlleva, aunado a la naturaleza traumática, por lo que la interrupción del embarazo en casos de violación es una medida que tiende a acatar las obligaciones Constituciones y convencionales para casos violencia contra las mujeres, donde el principio de buena fe es indispensable para evitar la revictimización de las personas”, indicó el ministro promovente.
Con ello la interrupción del embarazo se podrá realizar sin la intervención de un Ministerio Público, sin embargo en los casos donde sea una víctima menor de 12 años aún se requerirá la autorización de los padres, madres o tutores de la niña.
“En caso de violación ninguna niña o adolescente debe ser obligada a ser madre ni por el Estado, ni por sus padres, madres o tutores. Cualquier obstáculo para obtener la interrupción del embarazo en estos supuestos supone una revictimización y una crueldad inimaginable”, dijo el ministro Arturo Zaldívar, presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.