La decisión se da luego de la resolución de un juicio de amparo en el que una persona reclamó la inconstitucionalidad del artículo, al reclamar bajo qué fundamento la Secretaría de Hacienda y Crédito Público(SHCP) solicita a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNByV) información sobre sus cuentas bancaria.
Derivado de ello, la autoridad hacendaria interpuso una denuncia en su contra por la posible comisión del delito equiparable al de defraudación fiscal; ésta a su vez, alegó que se transgredía su derecho a la privacidad e intimidad.
En sesión pública realizada este miércoles, la Primera Sala reconoció la relevancia del derecho a la privacidad; sin embargo, advirtió que como todo derecho no es absoluto y debe ponderarse frente a otros fines de alta importancia constitucional.