Ante las irregularidades, el Pleno del Tribunal acordó dar vista a la Unidad Técnica de lo Contencioso del INE y a la Fiscalía Especializada de Delitos Electorales (Fede).
Fue un “acto fallido de democracia”, dijo la magistrada Janine Otálora Malassis durante la sesión presencial celebrada este miércoles.
“El hecho de que los altos servidores públicos reten a las instituciones no es un buen augurio. No se puede permitir que se corrompa transformándolo en ratificación”, añadió la juzgadora.
“La improcedencia de las demandas ante la invalidez del proceso no debe entenderse como inmunidad, porque nuestro marco institucional y jurídico prevé procedimientos administrativos sancionadores, incluso, procesos penales para sancionar las infracciones en la democracia participativa y, así evitar que queden impunes”, expuso el magistrado presidente Reyes Rodríguez, ponente del proyecto.
“Esta Sala Superior observa que el Presidente de la República carece de interés jurídico legítimo para impugnar el supuesto exceso en el ejercicio de las atribuciones del INE al incluir Información contextual o el porcentaje de participación ciudadana en el acuerdo impugnado, pues dicha información no genera ningún impacto en su esfera jurídica”, se indicó en el proyecto aprobado por mayoría.
En la sesión estuvieron presente los titulares de Gobernación, Adán Augusto López; de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar, y del INE, Lorenzo Córdova Vianello, así como consejeros electorales.
Y es que el resultado de la pregunta: "¿Estás de acuerdo en que a Andrés Manuel López Obrador se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?", fue el siguiente:
* Que se le revoque el mandato por pérdida de la confianza:
1,063,209 (6.44 %)
* Que siga en la Presidencia de la República:
15,159,323 (91.86)