El antecedente
El 11 de marzo, la Comisión ordenó el retiro de 278 anuncios espectaculares, 21 elementos de propaganda adherida en equipamiento urbano, 36 bardas y 11 lonas, en 15 entidades y ya se estudiaba otras cuatro más con materia que guardaba exacta identidad gráfica, tipo, costo, magnitud y ubicación.
Los estados denunciados fueron Aguascalientes, Baja California, Ciudad de México, Colima, Durango, Hidalgo, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, Tamaulipas, Estado de México, Guerrero, Veracruz y Yucatán, y se analizaba esa misma violación en Chiapas, Chihuahua, Sonora y Sinaloa.
En esa ocasión, se ordenó a 61 municipios, que en un plazo que no exceda de 72 horas, contadas a partir de la notificación, realicen el retiro de la propaganda fijada en equipamiento urbano o en pinta de bardas, que no sean de propiedad privada, identificada con las características descritas en el acuerdo.
De igual forma, se solicitó a 36 personas físicas o morales que, en ese mismo plazo, retiraran la propaganda con las características de la denunciada y se ordenó a la asociación civil Que Siga la Democracia A.C. que, en un plazo que no podrá exceder de 24 horas contadas a partir de la notificación de la presente determinación, publique en su página de internet, el siguiente texto:
El INE ordenó el retiro de propaganda sobre revocación de mandato a través de anuncios espectaculares que contenga o incluya el diseño, formato o herramientas que en esta página de la asociación “Que Siga la Democracia A.C.” se pone a disposición para su uso.
Con excepción de aquella propaganda que tenga soporte en un contrato legalmente válido celebrado por personas físicas o morales y que no se trate de partidos políticos, servidores públicos o entes gubernamentales, en cuyo caso se deberá presentar la documentación correspondiente ante cualquier oficina del INE.