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TEPJF rechaza queja contra Morena por recolección de firmas de revocación

El PAN denunció a Morena, a la asociación Que Siga la Democracia y a una ciudadana por instalar una mesa de recolección de firmas para el ejercicio de revocación, en Cuatrociénegas, Coahuila
jue 24 marzo 2022 04:48 PM
revocación-mandado
La consulta de revocación se llevará a cabo en abril.

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó la queja del Partido Acción Nacional (PAN) contra Morena, por uso indebido de programas sociales y coacción del voto durante la veda de la revocación de mandato.

El blanquiazul denunció a Morena y otras personas por la instalación de una mesa de recolección de firmas para el ejercicio de revocación, en la explanada del auditorio Dr. Arturo Cantú G., del municipio de Cuatrociénegas, Coahuila, donde se otorgaban beneficios de programas sociales del gobierno federal.

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Los magistrados Rubén Lara Patrón y Gabriela Villafuerte Coello, apoyaron el proyecto del magistrado Luis Espíndola Morales, en el sentido de que la mesa receptora de apoyos instalada por una ciudadana Jesica Segovia Martínez, en la explanada del referido municipio, no vulneró la veda de la revocación de mandato.

Además, se concluyó que no existió algún vínculo de la ciudadana con el partido Morena o que este último hubiera participado directa o indirectamente en la instalación de la mesa receptora de firmas para el ejercicio de democracia directo a realizarse el 10 de abril.

“Se propone considerar que la conducta denunciada no implica una vulneración a la Ley Federal de Revocación de Mandato, dado que la etapa de recolección de firmas se encuentra contemplada en el artículo 11 de dicha legislación”, avaló el pleno por unanimidad.

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Morena no incurrió en uso indebido de la pauta

En otro asunto, el pleno también rechazó, por mayoría de votos -con el voto en contra de la magistrada Villafuerte-, la queja contra Morena por uso indebidamente de la pauta por la difusión de un promocional en inter campaña denominado “Oaxaca”, en su versión radio.

Además del spot en inter campaña “Oaxaca B2”, en su versión televisión, en el que, de acuerdo al PRD, los morenistas se apropian de los programas sociales del gobierno federal, lo cual general inequidad en la contienda local electora en marcha, así como la vulneración a la vida por revocación de mandato.

En un tercer caso, los magistrados rechazaron la queja que presentó Morena contra el Partido Revolucionario Institucional (PRI), por presuntos actos anticipados de campaña, calumnia y vulneración a las reglas de propaganda en periodo de inter campañas, por la difusión de diversas publicaciones en sus perfiles de Facebook y Twitter.

“En el proyecto se propone determinar la inexistencia de las infracciones porque del análisis integral del material denunciado, no se aprecia que se incluyen expresiones o equivalentes que sostengan el apoyo o rechazo hacia una fuerza política o candidatura”, refiere el texto avalado por unanimidad.

De igual forma, se estableció que las expresiones se refieren a una crítica a la asignación de recursos a obras de la administración pública federal, válida, dado que su contenido es un tema de interés general para la ciudadanía y enriquecen el debate público.

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